RESOLUCION 520 de 2007
por medio de la cual se establece el registro de proyectos de generación con el cual deben ser registrados los proyectos de generación y cogeneración de energía eléctrica a operar en el Sistema Interconectado Nacional.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 520
- Año
- 2007
- Entidad
- UNIDAD DE PLANEACION MINERO ENERGETICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Director General de la Unidad de Planeación Minero-Energética, en uso de las facultades legales, establecer el registro de proyectos de generación en el cual deberán registrarse todos los proyectos de generación y cogeneración de energía eléctrica a operar en el Sistema Interconectado Nacional,
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de las disposiciones legales que regulan la materia energética, Ley 142 de 1994 y Ley 143 de 1994, se hace necesario que el Estado cuente con mecanismos ágiles que le permitan velar porque la actividad de atención de la demanda de energía eléctrica se desarrolle dentro de criterios de calidad, confiabilidad, oportunidad y costo.
Que como consecuencia de las disposiciones regulatorias de la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, relacionadas con el cargo por confiabilidad, Resolución 071 de 2006 y demás, se hace necesario para participar en el cargo por confiabilidad estar inscrito en el registro de proyectos de generación de la UPME al menos en la fase 2.
Que en cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el documento CONPES 2763 del 15 de febrero de 1995 "Estrategias para el Desarrollo y la Expansión del Sector Eléctrico 1995-2007", y teniendo en cuenta que el desarrollo de proyectos de generación está permitido a diversos actores tanto públicos como privados, se hace necesario establecer por parte de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) un registro informativo de los proyectos de generación a ser ejecutados por los diferentes agentes, con el fin de contar con información para su proceso de planeamiento.
Que es necesario facilitar a la UPME el acceso a información técnica y económica confiable referente a los proyectos de generación con el fin de poder establecer diferentes alternativas de expansión en generación, en el Plan de Expansión de Referencia de Generación y Transmisión.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Establecer el registro de proyectos de generación en el cual deberán registrarse todos los proyectos de generación y cogeneración de energía eléctrica a operar en el Sistema Interconectado Nacional.
Artículo 2°.
El registro lo podrá realizar cualquier persona natural o jurídica, el cual recibirá el nombre de promotor. El registro no tendrá costo.
Artículo 3°.
Establecer para el registro, los formularios que se presentan en los anexos 1, 2 y 3 de la presente resolución.
Artículo 4°.
Los siguientes serán los requisitos para estar inscritos en las diferentes fases:
PRIMERA FASE:
1.A. Información requerida para proyectos de generación hidroeléctricos:
- Formato de Fase 1 diligenciado - Anexo 1.
- Certificado vigente de constitución y gerencia de la entidad promotora ante la Cámara de Comercio.
- Constancia de finalización de estudios de prefactibilidad , expedida por la empresa que adelantó los diferentes estudios.
- Resumen del estudio de prefactibilidad.
- Copia de la carta con radicado del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial o la Corporación Autónoma Regional respectiva, en donde el promotor solicita a dichas entidades el inicio de los trámites para la obtención de la licencia ambiental del proyecto.
- Mapa de localización del proyecto.
1.B. Información requerida para proyectos de generación a carbón mineral:
- Formato de Fase 1 diligenciado - Anexo 1.
- Certificado vigente de constitución y gerencia de la entidad promotora ante la Cámara de Comercio.
- Constancia de finalización de estudios de prefactibilidad, expedida por la empresa que adelantó los diferentes estudios.
- Resumen del estudio de prefactibilidad
- Copia de la carta con radicado del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial o la Corporación Autónoma Regional respectiva, en donde el promotor solicita a dichas entidades el inicio de los trámites para la obtención de la licencia ambiental del proyecto.
- Mapa de localización del proyecto.
1.C. Información requerida por proyectos de generación a gas natural y otros:
- Formato de Fase 1 diligenciado - Anexo 1.
- Certificado vigente de constitución y gerencia de la entidad promotora ante la Cámara de Comercio.
- Constancia de finalización de estudios de prefactibilidad, expedida por la empresa que adelantó los diferentes estudios.
- Copia de la carta con radicado del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial o la Corporación Autónoma Regional respectiva, en donde el promotor solicita a dichas entidades el inicio de los trámites para la obtención de la licencia ambiental del proyecto.
- Mapa de localización del proyecto.
SEGUNDA FASE:
2.A. Información requerida para proyectos de generación hidroeléctricos:
- Formatos de Fase 2 y de Características Específicas diligenciados - Anexo 2.
- Certificado vigente de constitución y gerencia de la entidad promotora ante la Cámara de Comercio.
- Constancia de finalización de estudios de factibilidad , expedida por la empresa que adelantó los diferentes estudios.
- Auto o acto administrativo mediante el cual la autoridad ambiental, Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial o Corporación Autónoma Regional respectiva, decide sobre la alternativa o establece que el proyecto no requiere licencia ambiental.
- Resumen del estudio de factibilidad.
- Información respecto a posible esquema financiero.
- Información respecto a posible esquema empresarial.
- Información respecto a opciones de compra de terrenos.
- Diseños en ejecución.
2.B. Información requerida para proyectos de generación a carbón mineral, gas natural y otros:
- Formatos de Fase 2 y de Características Específicas diligenciados - Anexo 2.
- Certificado vigente de constitución y gerencia de la entidad promotora ante la Cámara de Comercio.
- Constancia de finalización de estudios de factibilidad, expedida por la empresa que adelantó los diferentes estudios.
- Auto o acto administrativo mediante el cual la autoridad ambiental, Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial o Corporación Autónoma Regional respectiva, decide sobre la alternativa o establece que el proyecto no requiere licencia ambiental.
- Resumen del estudio de factibilidad.
- Información respecto a posible esquema financiero.
- Información respecto a posible esquema empresarial.
- Información respecto a opciones de compra de terrenos.
- Esquema de compra de combustible.
- Diseños en ejecución.
Adicionalmente para proyectos termoeléctricos a carbón mineral, gas natural y otros deberán presentarse los contratos de suministro de combustible firmados.
TERCERA FASE:
Información requerida para proyectos de generación en general:
- Formatos de Fase 3 y de Características Específicas diligenciados - Anexo 3.
- Certificado vigente de constitución y gerencia de la entidad promotora ante la Cámara de Comercio.
- Licencia Ambiental expedida o certificación del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial o Corporación Autónoma Regional respectiva, que el proyecto no requiere licencia ambiental.
- Cronograma de ejecución del proyecto.
- Esquema financiero definitivo.
- Esquema empresarial definitivo.
- Concepto de aprobación de la conexión a la red, emitido por la UPME.
- Constancia por parte de empresa de ingeniería en donde se indique que han finalizado los diseños del proyecto.
Parágrafo 1°.
Solamente durante el proceso de las dos primeras subastas a realizar por la Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG, relacionadas con el cargo por confiabilidad, se aceptará dentro de los requisitos de fase 2, copia de la carta del promotor con radicado del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial o la Corporación Autónoma Regional respectiva, en donde este presenta las diferentes alternativas del proyecto a dichas entidades, con el fin que estas determinen la mejor alternativa ambiental del proyecto, en lugar del auto o acto administrativo mediante el cual la autoridad ambiental, Ministerio de Ambiente o Corporación Autónoma Regional decide sobre la alternativa o establece que el proyecto no requiere licencia ambiental.
TEXTO CORRESPONDIENTE A Modificado Artículo 1 RESOLUCION 638 de 2007
Artículo 5°.
La inscripción en el registro tendrá un término de vencimiento, dependiendo de la fase y del proyecto. Si pasado ese término, el promotor no ha solicitado cambio de fase o no ha informado sobre cambios, el proyecto saldrá automáticamente del Registro y cualquier certificación de la UPME carecerá de validez. Igualmente el proyecto saldrá del registro cuando este entre en la etapa de operación comercial.
Los siguientes son los periodos de vigencia en cada una de las fases:
Vigencia fase 1: 1 año proyectos térmicos, 2 años proyectos hidráulicos Vigencia fase 2: 1 año, todos los proyectos Vigencia fase 3: 1 año, antes del inicio de la construcción
Artículo 6°.
Los diferentes proyectos podrán cambiar de fase, para lo cual, el promotor enviará a la UPME la documentación requerida de acuerdo con lo establecido en el artículo cuarto de esta resolución.
Artículo 7°.
Para la inscripción del proyecto, se deberá entregar la información en copia dura y medio magnético.
Artículo 8°.
La presente resolución rige a partir de su expedición y será publicada en Diario Oficial y en la página web de la UPME.
Artículo 9°.
Adicionado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A Adicionado Artículo 3 RESOLUCION 638 de 2007
Artículo 10.
Adicionado
TEXTO CORRESPONDIENTE A Adicionado Artículo 4 RESOLUCION 638 de 2007 Cópiese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 9 de octubre de 2007.
El Director General, Carlos Arturo Flórez Piedrahíta.
ANEXO 1 REGISTRO DE PROYECTOS DE GENERACION DE ENERGIA ELECTRICA PRIMERA FASE ANEXO 2 REGISTRO DE PROYECTOS DE GENERACION DE ENERGIA ELECTRICA SEGUNDA FASE FORMATO DE CARACTERISTICAS ESPECIFICAS DE PROYECTOS DE GENERACION HIDRAULICA SEGUNDA FASE FORMATO DE CARACTERISTICAS ESPECIFICAS DE PROYECTOS DE GENERACION TERMICA SEGUNDA FASE ANEXO 3 REGISTRO DE PROYECTOS DE GENERACION DE ENERGIA ELECTRICA TERCERA FASE FORMATO DE CARACTERISTICAS ESPECIFICAS DE PROYECTOS DE GENERACION HIDRAULICA TERCERA FASE F ORMATO DE CARACTERISTICAS ESPECIFICAS DE PROYECTOS DE GENERACION TERMICA TERCERA FASE Nivel de Precios:
Tasa de Cambio:
Nivel de Precios:
Tasa de Cambio:
(C.F.)
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