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RESOLUCION 375 de 2009

por medio de la cual se revoca la Resolución número 0329 de abril 22 de 2009, mediante la cual se determinó el precio base para la liquidación de regalías de níquel y arenas negras

Tipo
RESOLUCION
Número
375
Año
2009
Entidad
UNIDAD DE PLANEACION MINERO ENERGETICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Director General de la Unidad de Planeación Minero-Energética, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias y, en especial las conferidas por el numeral 8 del artículo 9° del Decreto 255 de enero 28 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que, en atención a la delegación conferida por el Ministerio de Minas y Energía, contenida en la Resolución número 8-0006 de enero 5 de 2000, procedió a la expedición de la Resolución que fijó el precio de la liquidación de regalías de níquel y arenas negras.

Que no obstante haber sido consideradas las diferentes disposiciones que indican los mecanismos para la determinación del precio base de los minerales y la manera de liquidación de las respectivas regalías, para la expedición de la Resolución número 0329 de abril 22 de 2009 se hizo uso de la información suministrada por la empresa Cerromatoso S. A. quien es objeto a ser gravada por regalías y, no la información de Ingeominas fuente autorizada por ser el administrador del recurso minero.

Que la Subdirección de Planeación Minera, mediante Memorando 20091400123411 de mayo 12 del año en curso, ha solicitado la revocatoria de la Resolución número 0329 de abril 22 de 2009, bajo las consideraciones anteriormente expuestas, razón por la cual, por ser viable, se procederá de conformidad a lo solicitado.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Revocar la Resolución número 0329 de abril 22 de 2009, " por la cual se determinan el precio base para la liquidación de regalías de níquel y arenas negras ", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Afecta la vigencia de: Revoca RESOLUCION 329 de 2009

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y, deberá ser publicada en el Diario Oficial y en la página web de la UPME.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 13 de mayo de 2009.

Director General, Alirio Delmar Fonseca Mejía.

(C.F.)

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