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RESOLUCION 94 de 2000

por la cual se deroga una resolución

Tipo
RESOLUCION
Número
94
Año
2000
Entidad
UNIDAD DE PLANEACION MINERO ENERGETICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Subdirector de Planeación Energética encargado de las funciones de la Dirección General de la Unidad de Planeación Minero Energética, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere la Resolución 8 0006 de enero 5 de 2000 del Ministerio de Minas y Energía, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 141 de 1994 y el numeral 17 del artículo 5° del Decreto 1141 de 1999, corresponde al Ministerio de Minas y Energía determinar los precios de los diferentes minerales para efectos de la liquidación de regalías.

Segundo. Que mediante Resolución número 8 0006 del 5 de enero de 2000 el Ministerio de Minas y Energía delegó a la Unidad de Planeación Minero Energética la función de fijar los precios de los diferentes minerales para efectos de la liquidación de regalías.

Tercero. Que la Unidad de Planeación Minero Energética determinó, mediante Resolución número 0019 del 3 de febrero de 2000, los precios base de los minerales para la liquidación de regalías.

Cuarto. Que la Ley 508 del 29 de julio de 1999, en su artículo 73 parágrafo 7°, dispuso que para efectos de liquidar las regalías por la explotación de minas de sal se tomaría el precio de realización del producto, neto de fletes y costos de procedimiento, entendiendo por precio de realización el precio de venta de la Concesión Salinas o de la empresa que hiciera sus veces.

Quinto. Que de conformidad con lo estipulado en la Ley 508 de 1999, la Unidad de Planeación Minero Energética expidió la Resolución número 0077 del 11 de mayo de 2000, en virtud de la cual se modificó parcialmente la Resolución número 0019 del 3 de febrero de 2000, en cuanto al precio base de la sal para la liquidación de regalías.

Sexto. Que mediante Sentencia C-557 de 2000, emanada de la Corte Constitucional, se declaró inexequible la Ley 508 de 1999.

Séptimo. Que como consecuencia del pronunciamiento de la Corte Constitucional, vuelve a tomar vigencia en todas sus partes la Resolución 0019 del 3 de febrero de 2000, la cual determinó los precios base de los minerales para la liquidación de regalías, debiendo la Unidad de Planeación Minero Energética proceder a la derogatoria de la Resolución número 0077 del 11 de mayo de 2000.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Derogar la Resolución 0077 de 2000.

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los 8 de junio de 2000.

El Subdirector de Planeación Energética, encargado de las funciones de la Dirección General, Arcenio Torres Arias.

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