RESOLUCION 6794 de 1991
por la cual se adiciona la Resolución 4402 del 12 de abril de 1991.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 6794
- Año
- 1991
- Entidad
- SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que en virtud de lo dispuesto en el literal b) del artículo 4° del Decreto 638 de 1974, corresponde al Superintendente velar por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la entidad;
Segundo. Que en razón al enorme incremento en las funciones asignadas al Superintendente de Sociedades y a la complejidad de las mismas se hace necesario adicionar la Resolución 4402 del 12 de abril de 1991, por la cual se asignaron funciones,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Además de lo señalado en el artículo 1° de la resolución citada, asignar al Superintendente Primer Delegado, la función de suscribir los siguientes actos administrativos:
1. Los que resuelvan consultas formuladas al despacho, siempre que el pronunciamiento no constituya cambio de doctrina de la entidad.
2. Los que decreten el embargo o desembargo de bienes pertenecientes a personas o entidades intervenidas.
Artículo 2°.
Asignar al Secretario General la suscripción de las autorizaciones que se impartan a los Jefes de las Oficinas Seccionales para dar posesión a funcionarios directivos de sociedades vigiladas.
Artículo 3°.
El Superintendente podrá delegar en los Superintendentes Delegados, los Asesores del Despacho y el Jefe de la Oficina de Concordatos, la función de presidir las audiencias concordatarias y suscribir las providencias que se derivan del conocimiento de los concordatos preventivos obligatorios.
Artículo 4°.
Delegar en el Jefe de la División de Asuntos Legales, la función de firmar todos los oficios que acompañen las resoluciones que se proyecten en las Secciones Adscritas a la Primera Delegatura para la firma del Superintendente.
Artículo 5°.
Asignar al Jefe de la División de entidades especiales la firma de las certificaciones de que trata el literal a) del numeral 2 del artículo 2° del Decreto 078 de 1987.
Artículo 6°.
Lo dispuesto en esta Resolución no obsta para que el Superintendente de Sociedades asuma, cuando lo estime conveniente, el ejercicio de las funciones que delega.
Artículo 7°.
Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona la número 4402 del 12 de abril de 1991.
Publíquese en el Diario Oficial y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 13 de junio de 1991.
El Superintendente de Sociedades, Carlos González Vargas.
El Secretario General, Germán Medina Franco.
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