RESOLUCION 531-001843 de 2004
la cual revoca la Resolución número 531-1291 del 24 de julio de 2001, y otorga poderes a funcionarios de la Superintendencia de Sociedades para adelantar los procesos de jurisdicción coactiva y hacerse parte en nombre de la entidad en los procesos concursales, de liquidación voluntaria y acuerdos de reestructuración
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 531-001843
- Año
- 2004
- Entidad
- SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que el artículo 112 de la Ley 6ª de 1992, confirió competencia a las entidades del orden nacional, entre otras, para ejercer la jurisdicción coactiva y hacer efectivos los créditos exigibles a su favor, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68 y 79 del Código Contencioso Administrativo. Para este efecto la respectiva autoridad competente, otorgará poderes a funcionarios abogados de cada entidad.
Segundo. Que el numeral 31 del artículo 2° del Decreto 1080 de 1996, otorgó facultades a la Superintendencia de Sociedades para ejercer las funciones que en materia de jurisdicción coactiva le asigna la ley.
Tercero. Que la Resolución 531-259 del 23 de marzo de 2000, derogada por la número 1291 del 2001 otorgó poder a funcionarios abogados de esta entidad para representarla en los procesos de liquidación voluntaria de las sociedades vigiladas o controladas, que se adelantan en esta Superintendencia, para que, dentro del traslado del inventario del patrimonio social de que trata el artículo 235-del Código de Comercio, se hicieran parte, en orden a verificar si se incluyeron dentro del pasivo del inventario las contribuciones y sanciones que adeudan las sociedades en cuestión a esta Superintendencia.
Cuarto. Que este despacho mediante la Resolución número 531-1291 del 24 de julio del 2001 otorgó poder a funcionarios abogados de la Superintendencia de Sociedades para ejercer la función de jurisdicción coactiva, y para representarla con el fin de solicitar el reconocimiento y la inclusión de créditos a su favor en los procesos de liquidación voluntaria de las sociedades vigiladas y controladas por esta entidad, en los concursales de concordato y liquidación obligatoria, y en los de reestructuración previstos en la Ley 550 de 1999.
Quinto. Que es necesario revocar la Resolución 531-1291 citada, en el sentido de otorgar poderes a otros funcionarios, para representar a la Superintendencia de Sociedades en los procesos concursales de concordato y liquidación Obligatoria, de liquidación Voluntaria de las sociedades vigiladas o controladas, y en los de acuerdo de reestructuración que adelanta esta Superintendencia,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Revocar la Resolución número 531-1291 del 24 de julio del 2001, conforme a lo expuesto en los considerados de esta providencia.
Afecta la vigencia de: Revoca RESOLUCION 531-1291 de 2001
Artículo 2°.
Conferir poder a los funcionarios abogados de esta entidad, relacionados a continuación, para que adelanten los procesos de Jurisdicción Coactiva y representen a la Superintendencia de Sociedades, con el fin de solicitar el reconocimiento y la inclusión de créditos a su favor en los procesos de liquidación voluntaria de las sociedades vigiladas y controladas por la entidad, en los concursales de concordato y liquidación obligatoria y en los de acuerdo de reestructuración previsto en la Ley 550 de 1999:
Bogotá, D. C.
Martín Vidart Novo Cédula de ciudadanía número 19493.802 de Bogotá.
T.P. número 38463 del C.S.J.
Gloria Isabel Zárate Sánchez Cédula de ciudadanía número 51715047 de Bogotá.
T.P. número 46048 del C.S.J.
Luis Enrique Cerchiaro Iguarán Cédula de ciudadanía número 19093354 de Bogotá.
T.P. número 31326 del C.S.J.
Marco Aurelio Carvajalino Contreras Cédula de ciudadanía número 19320282 de Bogotá.
T.P. Número 20681 del C.S.J.
Gustavo Rafael Serpa Jiménez Cédula de ciudadanía número 19132513 de Bogotá.
T.P. número 51553 del C.S.J.
Medellín:
Angela María Echeverry Ramírez Cédula de ciudadanía número 42979642 de Medellín, Antioquia.
T.P. número 32209 C.S.J.
John de Jesús Suaza C.
Cédula de ciudadanía número 8272417 de Medellín, Antioquia.
T.P. número 23786 C.S.J.
Amid Díaz Plaza Cédula de ciudadanía número 42756572 de Medellín, Antioquia.
T.P. número 58266 C.S.J.
Clara Inés Botero Cédula de ciudadanía número 32522780 de Medellín, Antioquia.
T.P. número 26105 C.S.J.
Marcela Vargas Vélez Cédula de ciudadanía número 43031603 de Medellín, Antioquia.
T.P. número 40028 C.S.J.
Gloria Lucía Vélez Arango Cédula de ciudadanía número 42791738 de Medellín, Antioquia.
T.P. número 92719 C.S.J.
Gloria María Cecilia Mesa Leal Cédula de ciudadanía número 32517163 de Medellín, Antioquia.
T.P. número 90017 C.S.J Barranquilla:
Andrés Rosales Ucrós Cédula de ciudadanía número 72158514 de Barranquilla, Atlántico.
T.P. número 84042 C.S.J.
Flor de Jesús del Toro Polo Cédula de ciudadanía número 22672396 de Santo Tomás, Atlántico.
T.P. número 52634 C.S.J.
Doris Astrid Zapata Quiroz Cédula de ciudadanía número 22373251 de Barranquilla, Atlántico.
T.P. número 71565 C.S.J.
Santiago León Martínez Steffens Cédula de ciudadanía número 19138982 de Bogotá.
T.P. número 26211 C.S.J.
Cartagena:
Zoraida Guzmán de Figueroa Cédula de ciudadanía número 33126702 de Cartagena, Bolívar.
T.P. número 60218 C.S.J.
Janio Antonio Madera Vargas Cédula de ciudadanía número 73092984 de Cartagena, Bolívar.
T.P. número 55820 C.S.J.
Cali:
María Isabel Cañón Ospina Cédula de ciudadanía número 31946574 de Cali, Valle.
T.P. número 27880 C.S.J.
María Hermelinda Riascos de Largacha Cédula de ciudadanía número 21222899 T.P. número 57780 C.S.J.
María del Pilar Montalvo Zarama Cédula de ciudadanía número 31861268 Cali, Valle.
T.P. número 48252 del C.S.J.
Sofía Stroh Kaufman Cédula de ciudadanía número 66922115 Cali, Valle.
T.P. número 99391 C.S.J.
Bucaramanga:
Marcela Oglastri Barrera Cédula de ciudadanía número 63287777 de Bucaramanga, Santander.
T.P. número 56159 C.S.J.
Germán Villabona Pinilla Cédula de ciudadanía número 13847899 de Bucaramanga, Santander.
T.P. número 49904 C.S.J.
Martha Eugenia Solano Gutiérrez.
Cédula de ciudadanía número 28423610 de El Socorro, Santander.
T.P. número 38568 C.S.J.
Cúcuta:
Miryam Gamboa Orozco Cédula de ciudadanía número 37250759 de Cúcuta, Norte de Santander.
T.P. número 74524 C.S.J.
Luis Aparicio Prieto Cédula de ciudadanía número 13249182 de Cúcuta, N. Santander.
T.P. número 8612 C.S.J.
Manizales:
Constanza Durán Tirado Cédula de ciudadanía número 24323070 de Manizales.
T.P. número 26659 C.S.J.
Luis Alfonso Castrillón Sánchez Cédula de ciudadanía número 15901580 de Chinchiná, Caldas.
T.P. número 59246 C.S.J.
Artículo 3°.
La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 16 de junio de 2004.
El Superintendente de Sociedades, Rodolfo Danies Lacouture.
(C.F.)
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