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RESOLUCION 510-001415 de 2006

por la cual se convoca a una programación de créditos para capacitación formal

Tipo
RESOLUCION
Número
510-001415
Año
2006
Entidad
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que el Comité de Bienestar en su sesión del día 9 de junio de 2006, en desarrollo de las previsiones del Decreto-ley 755 de 2005, el Decreto 2929 de 2005 y la Resolución 510-000485 de 2006, aprobó convocar a todos los servidores de la Superintendencia de Sociedades que tengan un proyecto de capacitación formal de interés para la organización y deseen obtener crédito para la financiación de estudios de formación media, técnica-profesional, tecnológica, universitaria, postgrado, maestría o doctorado en el país o en el exterior, para que presenten sus respectivas solicitudes.

Segundo. Que, en consecuencia, este Despacho

RESUELVE:

Artículo 1°.

De la convocatoria. Ordénase la apertura de la Convocatoria número 01 de 2006: "Programa de Capacitación Formal de la Superintendencia de Sociedades", de acuerdo con los siguientes parámetros:

I. Participantes

Servidores públicos de la Superintendencia de Sociedades.

II. Valores a adjudicar

Los créditos a adjudicar corresponden hasta el 100% de la matrícula de un año del programa académico de 2006, s in superar la suma de seis millones ($6.000.000.00) moneda corriente, o hasta el 50% si el valor fuera mayor por cada uno de los beneficiarios.

III. Modalidad de Estímulo

Crédito educativo reembolsable por prestación de servicios para adelantar estudios en el país o en el exterior, en materias afines con las funciones desarrolladas por la Superintendencia de Sociedades, según convenio Superintendencia de Sociedades - Icetex.

IV. Criterios de adjudicación

El comité evaluará las solicitudes presentadas acorde con los siguientes criterios y ponderación:

1. Que la capacitación contribuya con un programa prioritario para el servicio, de acuerdo con los objetivos y políticas institucionales, con un 40%;

2. Méritos laborales del aspirante, 30%, y

3. Contribución al desarrollo del perfil del aspirante, 30%.

V. Presupuesto disponible

Hasta doscientos millones de pesos ($200.000.000.00) moneda corriente, con cargo al convenio Superintendencia de Sociedades-Icetex.

VI. Lugar donde se financiará la capacitación

En el país o en el exterior.

Para el caso de capacitación formal en el exterior deberá tramitarse comisión de estudios, la cual está condicionada a la aprobación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. En caso de no ser autorizada no generará ninguna obligación para la entidad. En este programa no habrá gastos de traslado, pasajes o viáticos.

En caso de necesitarse un idioma diferente al español, el aspirante deberá dominarlo, pues el término de la comisión no incluirá el espacio para aprendizaje del idioma.

Los documentos en idiomas extranjeros que describan los programas educativos y la admisión a los mismos deberán ser traducidos por intérprete oficial.

VII. Horario del programa a financiar

Cuando se trate de programas en el país, no podrán afectarse más de dos y media (2.5) horas diarias de la jornada de trabajo, tiempo que deberá ser compensado por el interesado de conformidad con las instrucciones que imparta el Coordinador del Grupo de Recursos Humanos. En caso de que la intensidad sea superior, el caso será estudiado de forma particular por el comité de bienestar.

VIII. Término para presentar las solicitudes

La documentación podrá ser entregada a partir de las 7:00 a. m. del día veintisiete (27) de junio de 2006, hasta las 3:00 p. m. del día veinte y ocho (28) de julio de 2006 al grupo de Recursos Humanos.

Los funcionarios de las Intendencias Regionales presentarán la solicitud ante el Intendente Regional dentro del mismo término, quien enviará la documentación por correo al Grupo de Recursos Humanos.

Quienes deban aportar documentación proveniente del extranjero, podrán hacerlo por fuera del término establecido, previa explicación por escrito de las circunstancias pertinentes, dentro del plazo señalado.

IX. Período a financiar

Sólo se financiará la matrícula del año académico de 2006.

X. Documentos y requisitos

a) Solicitud del funcionario en la que describa el estudio a realizar y justifique su realización en términos de conveniencia para la institución; b) Formulario Fondos en Administración del Icetex, el cual está en la página web www.icetex.gov.co o en el siguiente link: http://www.icetex.gov.co/BancoConocimiento/F/formularios/Formulario%20Fondos%20 en%20Administraci%F3n.pdf; c) Constancia de admisión al centro docente donde adelantará los estudios, indicando el valor de matrícula o la orden de matrícula; d) Copia del programa académico ofrecido por el centro docente, que contenga horario y duración; e) Formulario de Codeudor, el cual está en la pagina web www.icetex.gov.co o en el siguiente link http://www.icetex.gov.co/BancoConocimiento/F/formularios/Formulario%20Deudor%20Solidario%20Persona%20Natural.pdf; f) Copia del Certificado de Ingresos y Retenciones del último año gravable, o declaración de ingresos ante Contador Público; g) Fotocopia de la cédula del beneficiario y del codeudor, y h) No haber sido sancionado disciplinariamente durante los últimos cinco (5) años.

XI. Resultados

El Comité de Bienestar adjudicará con plena autonomía los cupos de capacitación y la cuantía de los mismos, decisiones que no tendrán recurso alguno, en el entendido de que para todos los efectos comportan el ejercicio de una facultad discrecional.

Los nombres de los beneficiarios escogidos serán publicados en la Intranet.

Conforme al convenio Superintendencia de Sociedades-Icetex, el Icetex descontará el 1% para cubrir el costo del seguro del crédito.

XII. Documentos

Los documentos de los funcionarios no favorecidos quedarán a su disposición en el Grupo de Recursos Humanos.

Artículo 2°.

De la vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 27 de junio de 2006.

Rodolfo Danies Lacouture.

(C. F.)

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