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RESOLUCION 100-007703 de 2009

por la cual se modifica la Resolución 100-003346 del 16/09/2008.

Tipo
RESOLUCION
Número
100-007703
Año
2009
Entidad
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Superintendente de Sociedades, en ejercicio de sus facultades legales y

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución 100-003346 de 16 de septiembre de 2008 se asignó al Grupo de Sociedades con Reglamentación Especial la función sancionatoria de que trata el numeral 3° del artículo 86 de la Ley 222 de 1995 en concordancia con el numeral 29 del artículo 2° Decreto 1080 de 1996, por el incumplimiento de las obligaciones de reporte previstas en la Resolución 114 de 2007 expedida por la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) y demás normas que la complementen o adicionen, por parte de las sociedades y empresas unipersonales dedicadas de manera profesional en el territorio nacional a la compraventa y/o compraventa mediante consignación de vehículos automotores nuevos y/o Usados.

Segundo. Que mediante Resolución 100-002299 del 1° de junio de 2009, se resolvió, entre otros, fusionar los Grupos de Trabajo de Reglamentación Especial y Normalización Empresarial, creando un nuevo grupo denominado Grupo de Supervisión Especial.

En mérito de lo anteriormente expuesto este Despacho,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Modificar la Resolución 100-003346 de 16 de septiembre de 2008, en el sentido de Asignar al Grupo de Supervisión Especial la función sancionatoria de que trata el numeral 3° del artículo 86 de la Ley 222 de 1995 en concordancia con el numeral 29 del artículo 2° Decreto 1080 de 1996 por el incumplimiento de las obligaciones de reporte previstas en la Resolución 114 de 2007 expedida por la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) y demás normas que la complementen o adicionen, por parte de las sociedades y empresas unipersonales dedicadas de manera profesional en el territorio nacional a la compraventa y/o compraventa mediante consignación de vehículos automotores nuevos y/o usados.

Parágrafo.
Esta función se hará extensiva para aquellas sociedades sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales a las cuales la Unidad de Información y Análisis Financiero imponga las mismas obligaciones de reporte.

Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente RESOLUCION 100-003346 de 2008

Artículo 2°.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el artículo 3° de la Resolución 100-002299 del 1° de junio de 2009.

Afecta la vigencia de: Adiciona Artículo 3 RESOLUCION 100-002299 de 2009 Publíquese y cúmplase.

Hernando Ruiz López.

(C.F.)

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