RESOLUCION 6139 de 2008
por la cual se adopta el formato para el reporte de recaudo por el servicio de registro civil
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 6139
- Año
- 2008
- Entidad
- SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Superintendente de Notariado y Registro, en ejercicio de las facultades establecidas en los artículos 12, numeral 2 y 13 numeral 29 del Decreto número 412 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 1163 de 2007, el Congreso de la República, dispuso " regular las tasas por la prestación de servicios de la Registraduría Nacional del Estado Civil, entre los cuales se encuentran los relativos a expedición de copias y certificados de registros civiles ", y determinó que el Registrador Nacional del Estado Civil es la autoridad administrativa autorizada para establecer las tarifas por los servicios que presta la Registraduría Nacional del Estado Civil, en atención con el método y el sistema para la determinación del costo de los servicios y la forma de repartirlo entre los usuarios;
Que mediante Resolución número 159 de 29 de julio de 2008 proferida por el Registrador Nacional del Estado Civil, como representante legal del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil, determinó "… fijar el mismo valor establecido en la Resolución número 037 de 2008 para las copias y certificados de registros civiles que expiden excepcionalmente los Notarios debidamente autorizados; y de otra, facultarlos para realizar el recaudo ", y reglamentó los aspectos relacionados con el recaudo de la tasa, la consignación mensual que deben efectuar los Notarios, los informes destinados a esa Entidad y las exenciones al cobro;
Que mediante Resolución número 5312 de 31 de julio de 2008, expedida por este Despacho, se adoptó la Resolución número 159 de 29 de julio de 2008 expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil, referida en el considerando anterior;
Que para facilitar el proceso de reporte del recaudo de este servicio por parte de los Notarios a la Registraduría Nacional del Estado Civil, es preciso adoptar un formato que contenga la información necesaria para el adecuado control;
Por lo expuesto, este Despacho:
RESUELVE:
Artículo 1°.
Adoptar el formato para el reporte de recaudo por el servicio de registro civil, que se anexa y forma parte integral de esta resolución.
Artículo 2°.
Este formato deberá ser publicado en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro para permitir su descarga por parte de los Notarios y no tendrá costo alguno para el usuario.
Artículo 3°.
La presente resolución rige a partir de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 2 de septiembre de 2008.
La Superintendente de Notariado y Registro, Lida Salazar Moreno.
(C.F.)
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