RESOLUCION 33084 de 2010
por la cual se modifica la Resolución 69699 de 30 de diciembre de 2009 y se prolonga el término de un incentivo
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 33084
- Año
- 2010
- Entidad
- SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades legales, en especial las que se le confieren en el artículo 277 de la Decisión 486 de Comisión de la Comunidad Andina,
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Resolución 69699 de diciembre de 2009, se fijaron las tasas de Propiedad Industrial y se modificó la Circular Única del 19 de julio de 2001.
Segundo. Que mediante el artículo 5° de la mencionada se estableció hasta el 30 de junio de 2010, un incentivo consistente en la reducción del 25% a las tasas correspondientes a solicitudes de registro de marcas de productos o servicios y lemas comerciales presentadas por micro-empresas, así:
"Artículo 5°. Hasta el 30 de junio de 2010, las tasas correspondientes a solicitudes de registro de marcas de productos o servicios y lemas comerciales presentadas por microempresas, tendrán una reducción del 25%, aplicable sobre la tasa descrita en el numeral 1.1.2.1.1 y 1.1. 2.1.2 o respecto de la del numeral 1.1.2.1.3.
Para efectos de lo dispuesto en este artículo, se considerarán como micro-empresa aquellas que respondan a los parámetros establecidos en la Ley 905 de 2004 y las normas que la modifiquen. Asimismo, su calidad deberá ser acreditada en los mismos términos descritos en el artículo 3° de esta resolución".
Tercero. Que teniendo en cuenta la especial acogida del descuento por parte de las microempresas y con el propósito de seguir incentivando la protección de las marcas como herramienta de competitividad, se hace evidente la necesidad de prorrogar durante todo el año 2010 el término para hacer efectivo el descuento sobre la tasa de registro de marca, contenido en el artículo 5° de la Resolución 69699 de diciembre de 2009.
En mérito de lo anterior, esta Superintendencia,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Modificar el artículo 5° de la Resolución 69699 de 30 de diciembre de 2009, para prorrogar el término allí establecido hasta el 31 de diciembre de 2010, con lo cual el artículo quedará así:
"Artículo 5°. Hasta el 31 de diciembre de 2010, las tasas correspondientes a solicitudes de registro de marcas de productos o servicios y lemas comerciales presentadas por microempresas, tendrán una reducción del 25%, aplicable sobre la tasa descrita en el numeral 1.1.2.1.1 y 1.1.2.1.2 o respecto de la del numeral 1.1.2.1.3.
Para efectos de lo dispuesto en este artículo, se considerarán como micro-empresa aquellas que respondan a los parámetros establecidos en la Ley 905 de 2004 y las normas que la modifiquen. Asimismo, su calidad deberá ser acreditada en los mismos términos descritos en el artículo 3° de esta resolución".
Artículo 2°.
La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 28 de junio de 2010.
El Superintendente de Industria y Comercio, Gustavo Valbuena Quiñones.
(C.F.)
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