Jurismart

RESOLUCION 1740 de 2005

por la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución 1560 de 2005

Tipo
RESOLUCION
Número
1740
Año
2005
Entidad
SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Superintendente de Notariado y Registro, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los ordinales 3.11 del artículo 3º y 9.2, 9.3 del artículo 9º del Decreto 302 de 2004, y

CONSIDERANDO:

La Resolución 1560 de 28 de marzo de 2005, dispuso un sistema de turnos para la atención del servicio público que prestan los Notarios los días sábados.

El citado acto administrativo en su artículo 3º señala como fecha de inicio del primer turno el 2 de abril de 2005.

Es necesario ampliar el plazo para la divulgación y pedagogía de la Resolución 1560 de 28 de marzo de 2005.

Por lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º.

Fíjase como fecha de entrada en vigencia de la Resolución 1560 de 2005 el 1º de julio de 2005.

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 3 RESOLUCION 1560 de 2005

Artículo 2º.

Publíquese esta providencia en el Diario Oficial y en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro.

Artículo 3º.

Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de abril de 2005.

El Superintendente de Notariado y Registro, Manuel Guillermo Cuello Baute (C.F.).

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar