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RESOLUCION 996 de 2006

por medio de la cual se prorroga la autorización de la no prestación del servicio de radicación de documentos y se suspenden términos en la prestación de este servicio, en la Oficina Principal de Registro de Instrumentos Públicos de Ibagué, Tolima

Tipo
RESOLUCION
Número
996
Año
2006
Entidad
SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Director de Registro de la Superintendencia de Notariado y Registro, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 19, ordinales 1 y 2 del Decreto 302 de 2004 y atendiendo las siguientes

CONSIDERACIONES:

Que mediante Resoluciones número 0373 del 24 de enero de 2006, se autorizó la no prestación del servicio de registro de instrumentos públicos y la suspensión de términos en la Oficina Principal de Registro de Instrumentos Públicos de Ibagué, Tolima, durante los días comprendidos entre el 6 y el 20 de febrero de 2006;

Que atendiendo la complejidad de los procesos que deben adelantarse para la implementación del nuevo aplicativo de folio de matrícula inmobiliaria y demás tecnologías que se pretenden, se hace necesario prorrogar por dos (2) días la autorización para la no prestación del servicio de radicación de documentos y la suspensión de términos en la prestación de este servicio en dicha oficina, por los días 21 y 22 de febrero de dos mil seis (2006);

En mérito de lo expuesto, ORDENA:

Primero. Prorrogar la autorización para la no prestación del servicio de radicación de documentos y la suspensión de términos de este servicio en la Oficina Principal de Registro de Instrumentos Públicos de Ibagué, Tolima, por los días veintiuno (21) y veintidós (22) de febrero de dos mil seis (2006).

Segundo. Comunicar la presente resolución a la señora Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Ibagué, Tolima.

Tercero. Fijar copia de la presente resolución en un lugar visible al público, en las dependencias de la citada oficina.

Cuarto. Publíquese en el Diario Oficial y en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro (www.supernotariado.gov.co).

Quinto. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

20 de febrero de 2006.

El Director de Registro, Fernando Rojas Figueroa.

(C.F.)

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