RESOLUCION 55610 de 2010
por la cual se adiciona una función al Representante de Calidad de la Superintendencia, designado mediante Resolución número 3155 de 2006
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 55610
- Año
- 2010
- Entidad
- SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Superintendente de Industria y Comercio, en uso de sus funciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 43 del artículo 3º del Decreto 3523 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Primero.
Que por medio de la Ley 872 de 2003, se creó el Sistema de Gestión de Calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios "(…) como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, la cual estará enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de tales entidades".
Segundo.
Que en cumplimiento de lo previsto en el artículo 6º de la Ley 872 de 2003, mediante Decreto 4110 de 2004, se adoptó la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública, NTCGP 1000:2004, de obligatoria aplicación y cumplimiento, la cual " determina las generalidades y los requisitos mínimos para establecer, documentar, implementar y mantener un Sistema de Gestión de Calidad en los organismos, entidades y agentes obligados conforme al artículo 2º de la Ley 872 de 2003", la cual fue actualizada por el Decreto 4485 de 2009.
Tercero.
Que mediante Resolución número 3155 de 2006 esta Entidad designó al representante de la dirección, quien debe velar por el establecimiento, ejecución y mantenimiento de los procesos necesarios para la implementación del Sistema de Gestión de Calidad, y se hace necesario adicionar las funciones que le han sido asignadas.
En consecuencia,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Adiciónese el artículo 2° de la Resolución número 3155 de 2006, el cual quedará así:
"Artículo 2°. Funciones del representante de calidad de la Superintendencia. El representante de calidad de la Superintendencia tendrá las siguientes funciones:
(…)
8. Aprobar las actualizaciones, documentación nueva y eliminación de la documentación del Sistema Integral de Gestión Institucional. Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 19 de octubre de 2010.
El Superintendente de Industria y Comercio, JOSÉ MIGUEL DE LA CALLE RESTREPO.
(C.F.)
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