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RESOLUCION 41737 de 2014

por la cual se señala el horario de atención al público de las Cámaras de Comercio del país para el 4 de julio de 2014

Tipo
RESOLUCION
Número
41737
Año
2014
Entidad
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 87 del Código de Comercio y el numeral 17 del artículo 1° del Decreto 4886 del 23 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Primero.
Que de conformidad con el artículo 87 del Código de Comercio, corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio ejercer la vigilancia y control de las Cámaras de Comercio del país.

Segundo.
Que las Cámaras de Comercio, en ejercicio de sus funciones, les corresponde llevar los registros públicos asignados por la ley.

Tercero.
Que para efectos de cumplir con las citadas funciones, las Cámaras de Comercio han establecido un horario de atención al público en sus diferentes sedes.

Cuarto.
Que con el propósito de apoyar a la Selección Colombiana de Fútbol en el partido a efectuarse el viernes 4 de julio en desarrollo del Mundial Brasil 2014, las Cámaras de Comercio atenderán al público en jornada continua, en sus diferentes sedes, entre las 7:00 a.m. y la 1:00 p.m.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Señalar a las Cámaras de Comercio el horario de atención al público, en sus diferentes sedes, para el 4 de julio de 2014 de 7:00 a.m. a 1:00 p.m. en jornada continua, conforme a lo expuesto anteriormente.

Artículo 2°.

Las Cámaras de Comercio del País deberán Informar al público de manera inmediata, en un lugar visible a la entrada de cada área de atención al público y en su página web, el horario de prestación de servicios para el 4 de julio de 2014.

Artículo 3°.

La presente resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 1° de julio de 2014.

El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo del Castillo.

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