RESOLUCION 39676 de 2007
por la cual se ordena una suspensión de términos
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 39676
- Año
- 2007
- Entidad
- SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de sus facultades legales conferidas por el numeral 23 del artículo 4° del Decreto 2153 de 1992, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que por actividades internas relacionadas con la ejecución de programas de bienestar social para los funcionarios de la Superintendencia de Industria y Comercio, no se prestará servicio al público el día 14 de diciembre de dos mil siete (2007), a partir de las 12:00 m.
Segundo. Que el artículo 121 del Código de Procedimiento Civil -aplicable a las actuaciones que adelanten las autoridades administrativas por remisión del artículo 267 del Código Contencioso Administrativo-, dispone: "(…) En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni aquellos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el Despacho", Tercero. Que en razón a lo anterior, se hace necesario, para efectos de dar aplicación a lo previsto en el artículo 121 del Código de Procedimeiento Civil antes citado, no tener en cuenta el día 14 de diciembre de 2007 como día hábil para el cómputo de términos respecto de las actuaciones que se adelanten en la Superintendencia.
RESUELVE:
Artículo 1°.
No tener en cuenta el día 14 de diciembre de 2007 para el cómputo de términos de días hábiles, respecto de las actuaciones administrativas y jurisdiccionales que se surten ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Artículo 2°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de noviembre de 2007.
El Superintendente de Industria y Comercio, GUSTAVO VALBUENA QUIÑONES.
(C.F.)
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.