Jurismart

RESOLUCION 50 de 2012

por la cual se autoriza provisionalmente la creación de una especialidad en el Registro Único de Proponentes

Tipo
RESOLUCION
Número
50
Año
2012
Entidad
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Directora (e) de la Dirección de Cámaras de Comercio, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el decreto 4886 de 2011 y en el artículo 39 del Decreto 1464 de 2010,

CONSIDERANDO:

Primero.
Que el artículo 39 del Decreto 1464 de 2010, establece que el proponente interesado en clasificarse de acuerdo con su experiencia, que no encuentre la especialidad requerida, solicitará a la Superintendencia de Industria y Comercio que autorice la creación provisional de la misma.

Segundo:
Que mediante comunicación radicada con el número 11-175140, el señor John Jairo Echavarría Reales, solicitó a la Superintendencia de Industria y Comercio, la inclusión de una especialidad que le permita clasificarse dentro del Registro Único de Proponentes.

Tercero:
Que una vez revisado el Decreto 1464 de 2010 se observa que no existe la especialidad requerida para atender la anterior solicitud.

En consecuencia, En mérito de lo expuesto esta Superintendencia,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Autorizar la creación provisional de la siguiente especialidad para el registro de consultores:

Especialidad 15. Parques de Diversiones y Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento.

Artículo 2°.

Comunicar la presente resolución al señor John Jairo Echavarría Reales.

Artículo 3°.

Comunicar la presente resolución a todas las cámaras de comercio del país.

Artículo 4°.

La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 10 de enero de 2012.

La Directora (e) de la Dirección de Cámaras de Comercio MYRIAM LUCÍA MANCERA SIERRA.

(C.F.).

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar