RESOLUCION 9-1516 de 2014
por la cual se sitúan los recursos correspondientes al recaudo del impuesto al oro y platino a los municipios productores
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 9-1516
- Año
- 2014
- Entidad
- MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Secretario General del Ministerio de Minas y Energía, en ejercicio de las facultades conferidas mediante Resolución número 9 0005 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 3036 del 27 de diciembre del 2013, se apropió el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía para la vigencia fiscal del año 2014.
Que en la cuenta 3 - Transferencias Corrientes existe un rubro que permite transferir a los municipios productores de oro, plata y platino, los recaudos que por concepto de impuesto, percibe la Dirección de Crédito Público y del Tesoro Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 2173 de 1992.
Que mediante Oficio radicado en el Ministerio de Minas y Energía con número 2-2014- 045918 de diciembre 18 de 2014, la Subdirección de Operaciones de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, informó el valor del recaudo percibido durante el mes de noviembre de 2014, por concepto del impuesto al oro y platino.
Que mediante Oficio radicado con número 20143200417331 de diciembre 19 de 2014, la Coordinadora del Grupo Regalías y Contraprestaciones Económicas (E) de la Agencia Nacional de Minería, discriminó la distribución de los dineros que a los municipios productores les corresponde recibir, por concepto de los recaudos del impuesto al oro y platino, percibidos durante el mes de noviembre de 2014, de la siguiente manera:
RESUELVE:
Artículo 1°.
Situar los recursos correspondientes al recaudo del impuesto al oro y platino percibido durante el mes de noviembre de 2014, a los municipios y por las cuantías que a continuación se detallan, con base en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 68714 de diciembre 22 de 2014:
Artículo 2°.
Autorizar al Grupo Financiero - Tesorería para que situé a los municipios mencionados, los valores correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo primero de la presente resolución, de acuerdo con la disponibilidad de PAC.
Artículo 3°.
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2674 del 2012, el Ministerio de Minas y Energía situará los recursos a los municipios citados en el artículo primero de la presente resolución, en las cuentas bancarias suministradas por estos y validadas en el Sistema SIIF, que a continuación se detallan:
Artículo 4°.
Comunicar la presente resolución a los municipios de El Bagre, Remedios, Segovia y Zaragoza.
Artículo 5°.
Contra la presente resolución no procede recurso alguno por ser un acto de ejecución y rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 2014.
El Secretario General, Germán Quintero Rojas.
(C. F.).
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