RESOLUCION 9-0514 de 2013
por la cual se prorroga la delegación de funciones efectuada mediante la Resolución número 181049 de 2012
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 9-0514
- Año
- 2013
- Entidad
- MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales y en especial las previstas en el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 18 1030 de 2007, este Ministerio delegó en el Instituto Colombiano de Geología y Minería (Ingeominas), hoy denominado Servicio Geológico Colombiano, el ejercicio de funciones en materia de licenciamiento, vigilancia y control a nivel nacional de las actividades concernientes a la utilización por parte de usuarios públicos y privados de materiales radiactivos, reservándose el licenciamiento, vigilancia y control de las instalaciones radiactivas y nucleares operadas por el Servicio Geológico Colombiano y de la Empresas Prestadoras de Servicios de Dosimetría Personal, por el término de cinco (5) años, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial número 46691 del 16 de julio de 2007, los cuales vencieron el día 16 de julio de 2012.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5° de la Resolución número 18 1030 de 2007, el Ministerio de Minas y Energía y el Ingeominas, suscribieron el Convenio Interadministrativo número GSA-032-2007.
Que de conformidad con lo establecido en el numeral 12 del artículo 2° del Decreto número 381 de 2012, son funciones del Ministerio de Minas y Energía, entre otras: "Formular la política nacional en materia de energía nuclear y de materiales radiactivos".
Que de acuerdo al numeral 1° del artículo 5° del Decreto número 381 de 2012, son funciones del Despacho del Ministro de Minas y Energía, entre otras: "Adoptar la política en materia de (...), energía nuclear, materiales radiactivos, fuentes alternas de energía, (...)".
Que el numeral 16 del artículo 5° del Decreto número 381 de 2012 dispone que: Es función del Ministerio de Minas y Energía, "dictar las normas y reglamentos para la gestión segura de materiales nucleares y radiactivos en el país".
Que mediante Decreto número 4131 del 3 de noviembre de 2011, se cambió la naturaleza jurídica del Instituto Colombiano de Geología y Minería (Ingeominas), por el de Servicio Geológico Colombiano.
Que el Servicio Geológico Colombiano a través del Grupo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica, deberá cumplir con las funciones previstas en el numeral 1° del artículo 4° del Decreto número 4131 de 2011.
Que de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución número 18 0273 del 29 de febrero de 2012, se encuentran vigentes dentro del ordenamiento jurídico todos los reglamentos aplicables en materia de protección y seguridad radiológica y nuclear expedidos por este Ministerio.
Que mediante el artículo 1° de la Resolución número 18 1049 del 5 de julio de 2012 se prorrogó por un (1) año la delegación de las siguientes funciones: según como lo dispone la Resolución número 181030 de 2007: "1. Conceder las autorizaciones y realizar la vigilancia y el control de todas las operaciones que involucren el uso de materiales radiactivos en el territorio nacional, excepto en lo relacionado con las instalaciones que opere el Ingeominas, hoy Servicio Geológico Colombiano. 2. Adelantar ante las autoridades competentes, los trámites correspondientes para la incautación de materiales radiactivos cuando se carezca de la autorización correspondiente o cuando su gestión represente una amenaza para los trabajadores, el público en general o el medio ambiente; 3. Administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Información de la Autoridad Reguladora nuclear".
Que, conforme a que la prórroga de un (1) año establecida en el artículo 1° de la Resolución número 18 1049 del 5 de julio de 2012, se vence el día 4 de julio de 2013, se hace necesario prorrogar por un (1) año más dicha delegación defunciones.
Que por lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Prorrogar por el término de un (1) año, contado a partir de la fecha de expedición del presente acto administrativo, la delegación de todas las funciones entregadas a Ingeominas, hoy denominado Servicio Geológico Colombiano, mediante la Resolución número 18 1030 de 2007.
Artículo 2°.
Suscribir entre el Ministerio de Minas y Energía y el Servicio Geológico Colombiano, el Otrosí número 2 al Convenio número GSA-032-2007 prorrogando por un (1) año el término de duración del mismo, conforme a los términos establecidos en el artículo 14 de la Ley 489 de 1998.
Artículo 3°.
Comuníquese la presente resolución al Presidente del Servicio Geológico Minero Colombiano.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 4 de julio de 2013.
El Ministro de Minas y Energía, Federico Rengifo Vélez.
(C. F).
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.