Jurismart

RESOLUCION 9-0083 de 2014

por la cual se asignan recursos para el desarrollo de proyectos de infraestructura de gas licuado del petróleo (GLP), por red de tubería a nivel nacional

Tipo
RESOLUCION
Número
9-0083
Año
2014
Entidad
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Viceministro de Energía, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 25 del artículo 2° del Decreto 381 de 2012, el artículo 92 del Decreto 3036 de 2013, el Decreto 2936 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 92 del Decreto 3036 de 2013, por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2014, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos, señala que: " Autorícese a la Nación para destinar recursos hasta por valor de $30 mil millones del Proyecto "Distribución de Recursos para pagos de menores tarifas, Sector GLP distribuidos en cilindros y tanques estacionarios a nivel nacional", apropiados en el Presupuesto de Inversión de la Sección Presupuestal 2101-01 Ministerio de Minas y Energía Gestión General, para promover y cofinanciar proyectos dirigidos a la prestación del servicio público de gas combustible a través del desarrollo de infraestructura de gas licuado del petróleo (GLP) por red a nivel nacional.

Parágrafo. La destinación de estos recursos deberá hacerse prioritariamente en los municipios y en el sector rural que tengan el mayor índice de necesidades básicas insatisfechas y en áreas que no son influencia de gasoductos troncales, así como el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Con estos recursos además se podrá cofinanciar el cargo por conexión de los usuarios de menores ingresos. El Ministerio de Minas y Energía reglamentará las condiciones para la destinación de estos recursos".

Que mediante comunicación con radicado interno 2013058152 del 19 de septiembre de 2013 la Unidad de Planeación Minero Energético (UPME) envió al Ministerio de Minas y Energía el listado de proyectos elegibles y priorizados de solicitud de recursos del proyecto de inversión "Distribución de recursos para pagos de menores tarifas sector GLP distribuidos en cilindros y tanques estacionarios a nivel nacional".

Que mediante Resolución número 90032 del 13 de enero de 2014 se definieron los requisitos de presentación de los proyectos dirigidos a la prestación del servicio público de gas combustible a través del desarrollo de infraestructura de gas licuado de petróleo (GLP) por red de tubería a nivel nacional y se adoptó la metodología para el cálculo del índice de priorización.

Que el parágrafo 1° del artículo 4° Ibídem, adoptó la metodología para el cálculo del índice de priorización, indicando:

"Parágrafo 1 °. Los proyectos a los que no se les apruebe la cofinanciación por falta de disponibilidad de recursos, serán devueltos por el Ministerio de Minas y Energía a los solicitantes. No obstante, los proyectos priorizados a los cuales se les haya asignado recursos en la vigencia inmediatamente anterior y no hayan sido ejecutados, se les podrá asignar recursos de la actual vigencia presupuestal".

Que con Resolución número 9 0033 del 13 de enero de 2014, se adoptó el Reglamento Interno para promover y cofinanciar proyectos dirigidos a la prestación del servicio público de gas combustible a través del desarrollo de infraestructura de Gas Licuado de Petróleo (GLP) por red de tubería a nivel nacional.

Que en el Sistema Único de Inversión y Finanzas Públicas (SUIFP) se encuentra registrado bajo el Código 2013000020119 el proyecto denominado " Construcción de Redes de Distribución y Conexión de Gas Natural a Usuarios de Menores Ingresos en 14 poblaciones del Sur de Bolívar ", a ser cofinanciado con recursos del Sistema General de Regalías (SGR).

Que teniendo en cuenta que el proyecto mencionado anteriormente tiene como finalidad la prestación del servicio público de gas natural en 14 municipios del departamento de Bolívar, dentro de los cuales se encuentra el municipio de Morales, y que a su vez en el listado de proyectos elegibles y priorizados que solicitan recursos del proyecto de inversión Distribución de recursos para pagos de menores tarifas sector GLP distribuidos en cilindros y tanques estacionarios a nivel nacional, entregada por la UPME, se encuentra el proyecto "Implementación de GLP por redes para el municipio de Morales en el Departamento de Bolívar", no se considera pertinente asignar los recursos solicitados.

Que con comunicación con radicado interno 2014002901 del 18 de enero de 2014 el Jefe de Presupuesto del Ministerio de Minas y Energía emitió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 12614 del 18 de enero de 2014 por valor de $5.819.850.167.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Aprobar los proyectos para la prestación del servicio público de gas combustible a través del desarrollo de la infraestructura de gas licuado de petróleo (GLP) por red de tubería a nivel nacional, los cuales se relacionan en el Anexo 1 de la presente resolución.

Artículo 2°.

Los proyectos aprobados para la asignación de recursos para la prestación del servicio público de gas combustible a través del desarrollo de infraestructura de gas licuado de petróleo (GLP) por red de tubería nivel nacional relacionados en el Anexo 1 de la presente resolución, se cofinanciarán en los montos establecidos y en la vigencia presupuestal, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 12614 del 18 de enero de 2014, rubro presupuestal Distribución de recursos para pagos por menores tarifas sector GLP distribuido en cilindros y tanques estacionarios a nivel nacional, expedido por el Jefe de Presupuesto del Ministerio de Minas y Energía.

Artículo 3°.

No se digitó en diario oficial.

Artículo 4°.

Excluir de la presente asignación de recursos, la solicitud presentada por la Empresa Proviservicios S. A. E.S.P., para la cofinanciación del proyecto "Implementación de GLP por redes para el municipio de Morales en el departamento de Bolívar", por la razón expuesta en la parte motiva de esta resolución.

Artículo 5°.

Una vez expedido el presente acto administrativo, se suscribirán entre el Ministerio de Minas y Energía y el solicitante los Convenios de Cofinanciación por cada uno de los Proyectos relacionados en el Anexo 1 de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7° de la Resolución número 9-0033 del 13 de enero de 2014.

Artículo 4°.

La presente resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 20 de enero de 2014.

El Viceministro de Energía encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Minas y Energía, Orlando Cabrales Segovia.

ANEXO I

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar