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RESOLUCION 8-0345 de 2000

por la cual se institucionaliza la aplicación de la Tabla de Retención Documental en el Ministerio de Minas y Energía

Tipo
RESOLUCION
Número
8-0345
Año
2000
Entidad
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales y, en especial, las conferidas por el Decreto 1141 de 1999,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1382 de 1995, estableció la obligación a las entidades del Orden Nacional de la Rama Ejecutiva del Poder Central de elaborar y presentar al Archivo General de la Nación para su aprobación las Tablas de Retención Documental;

Que el Ministerio de Minas y Energía elaboró y presentó para su estudio y aprobación las Tablas de Retención Documental, al Archivo General de la Nación, las cuales fueron aprobadas en Consejo Directivo del día 4 de febrero del año 2000 por Acuerdo número 014 y notificado mediante comunicación 4734 del 25 de febrero de 2000;

Que es deber del Ministerio de Minas y Energía dar aplicación del instrumento Tablas de Retención Documental en cada una de sus dependencias, con el fin de normalizar la gestión documental, racionalizar la producción documental e institucionalizar el ciclo vital de los documentos en sus archivos de gestión, archivo central y archivo general;

Que con el establecimiento de la organización archivística en los archivos del Ministerio de Minas y Energía se garantizará los derechos fundamentales de acceso a los documentos, a la información, de petición y se facilitará la oportuna atención administrativa;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Adoptar la Tabla de Retención Documental aprobada por el Archivo General de la Nación.

Artículo 2°.

Ordenar a partir de la firma de la presente resolución la aplicación de la Tabla de Retención Documental en todas las dependencias productoras de documentos en el Ministerio de Minas y Energía.

Artículo 3°.

Proveer lo necesario para la correcta difusión y aplicación de la Tabla de Retención Documental a todos los servidores públicos del Ministerio con el apoyo del órgano asesor en esta materia como es el Comité de Archivo.

Artículo 4°.

Atender las recomendaciones, metodología y normas de archivos expedida por el Archivo General de la Nación, en lo relativo a la gestión documental del Ministerio.

Artículo 5°.

Ajustar y reelaborar las Tablas de Retención Documental cuando la estructura orgánica - funcional del Ministerio sea modificada.

Artículo 6°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 6 de abril de 2000.

El Ministro de Minas y Energía, Carlos Eduardo Caballero Argáez.

(C.F.)

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