RESOLUCION 18-1846 de 2001
por la cual se modifica la Resolución 8 1540 del 26 de diciembre de 2000, en cuanto a la conformación del Consejo Nacional de Operación.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 18-1846
- Año
- 2001
- Entidad
- MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Ministra de Minas y Energía, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere el numeral 4 del artículo 5° del Decreto 70 de 2001 y en desarrollo de lo establecido por el artículo 37 de la Ley 143 de 1994 y la Resolución número 80103 del 2 de febrero de 1995,
CONSIDERANDO:
Que mediante Memorando 13206 del 18 de diciembre de 2001, el Director de Energía, remite la comunicación radicada en este Ministerio bajo el número 11786 del 17 de diciembre de 2001 del Secretario Técnico del Consejo Nacional de Operación, en la cual informa que después de surtido el trámite de elección de representantes al Consejo Nacional de Operación, según lo establecido en el artículo 37 de la Ley 143 de 1994 y en las Resoluciones 8 0103 y 8 0822 del Ministerio de Minas y Energía, este quedó conformado así:
1. Para el grupo de generadores con capacidad instalada entre 1 y el 5%, se eligieron como sus representantes a Urrá S.A. E.S.P. y Termoemcali S.A. E.S.P.
2. El grupo de generadores con capacidad entre el 0 y el 1% eligió a Cedenar S.A. E.S.P.
3. El grupo de distribuidores, ratificó como su representante a la Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. E.S.P.
Los demás miembros no se modifican de acuerdo con la Ley;
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 8 0103 del 2 de febrero de 1995, el período de los miembros del Consejo es de un año,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Modificar parcialmente la Resolución 8 1540 del 26 de diciembre de 2000, en el sentido que el Consejo Nacional de Operación, creado por el artículo 36 de la Ley 143 de 1994, conformado de manera general por el artículo 37 de la misma ley y reglamentado por la Resolución número 8 0103 del 2 de febrero de 1995, estará integrado así:
1. Un (1) representante de cada una de las empresas de generación, conectadas al sistema interconectado nacional que tengan una capacidad instalada superior a cinco por ciento (5%) del total nacional, que son:
EMGESA S.A. E.S.P.
EPM S.A. E.S.P.
ISAGEN S.A. E.S.P.
CORELCA S.A. E.S.P.
CHIVOR S.A. E.S.P.
EPSA S.A. E.S.P.
2. Dos (2) representantes de las empresas de generación del orden nacional, departamental y municipal conectado al sistema interconectado nacional, que tengan una capacidad instalada entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del total nacional, que son:
URRA S.A. E.S.P.
TERMOEMCALI S.A. E.S.P.
3. Por un (1) representante de las empresas propietarias de la red nacional de interconexión con voto sólo en asuntos relacionados con la interconexión, que es:
INTERCONEXION ELECTRICA S.A. -ISA-
4. Por un (1) representante de las demás empresas generadoras conectadas al sistema interconectado nacional, que es:
CENTRALES ELECTRICAS DE NARIÑO S.A. E.S.P
5. Por el Director del Centro Nacional de Despacho, quien tendrá voz pero no tendrá voto.
6. Por dos (2) representantes de las empresas distribuidoras que no realicen prioritariamente actividades de generación siendo por lo menos una de ellas la que tenga el mayor mercado de distribución, que son:
CODENSA S.A. E.S.P.
EMPRESA DE ENERGIA DE CUNDINAMARCA. S.A. E.S.P.
TEXTO CORRESPONDIENTE A Modificado parcialmente (numeral 2 ) Artículo 1 RESOLUCION 18-0086 de 2002 Modificado en lo pertinente (numeral 2 ) Artículo 2 RESOLUCION 18-0086 de 2002
Artículo 2°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente la Resolución 8 1540 del 26 de diciembre de 2000, y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2001.
La Ministra de Minas y Energía, Luisa Fernanda Lafaurie R.
(C. F.)
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