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RESOLUCION 18-1515 de 2002

por la cual se delega la administración del Sistema de Información Minero Colombiano, “Simco” y se adopta el Formato Básico Minero, FBM.

Tipo
RESOLUCION
Número
18-1515
Año
2002
Entidad
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus atribuciones, en especial las que le confieren la Ley 489 de 1998 y la Ley 685 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el 17 de agosto de 2001 fue promulgado el Código de Minas el cual en su artículo 336 señala: "El Gobierno establecerá un Sistema de Información Minera...";

Que el Gobierno Nacional a través del Decreto número 1993 del 6 de septiembre de 2002, estableció el Sistema de Información Minero Colombiano, "Simco";

Que a través del Decreto número 1151 de 2001 se creó el Sistema Nacional de Información Estadística, SNIE, con funciones para regular la producción y difusión de las estadísticas oficiales estratégicas, establecer los mecanismos de información estadística básica y estratégica que debe generarse a nivel nacional, sectorial y territorial;

Que el Simco, como uno de los sistemas de información del Estado, hace parte del Sistema de Información Estadística, SNIE y por ende, la producción y generación de información estadística estratégica deberá realizarse en coordinación con el ente rector del SNIE;

Que de conformidad con el artículo 1º del Decreto número 1993 del 6 de septiembre de 2002, el Administrador del Simco es el Ministerio de Minas y Energía o la entidad en quien se deleguen las funciones previstas en el Capítulo XXX de la Ley 685 de 2001 y en el mencionado decreto;

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 dispone que las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con esta ley podrán, mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones afines o complementarias;

Que de conformidad con el literal a) del artículo 2º del Decreto número 1683 del 27 de junio de 1997 y el numeral 15 del artículo 1º del Decreto número 2741 del 13 de noviembre de 1997, corresponde a la Unidad Administrativa Especial de Planeación Minero Energética, UPME, organizar, operar y mantener la base única de información oficial del sector minero energético;

Que teniendo en cuenta que la Unidad Administrativa Especial de Planeación Minero Energética, UPME, cuenta con la experiencia en la organización y operación de la base de información del sector minero, es procedente que el Ministerio de Minas y Energía delegue en la UPME la administración del Sistema de Información Minero Colombiano, SIMCO;

Que de conformidad con el artículo 14 del Decreto número 01993 del 6 de septiembre de 2002, corresponde al Ministerio de Minas y Energía adoptar el Formato Básico Minero, FBM,

RESUELVE:

Artículo 1º.

Delegar en la Unidad de Planeación Minero Energética, UPME, o quien haga sus veces, la administración del Sistema de Información Minero Colombiano, Simco, en los términos y para los efectos previstos en el Código de Minas y en el Decreto número 1993 del 6 de septiembre de 2002.

Artículo 2º.

Adoptar el Formato Básico Minero, FBM, el cual hace parte de esta resolución como Anexo número 1.

Artículo 3º.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

El Ministro de Minas y Energía, Luis Ernesto Mejía Castro.

(C.F.)

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