RESOLUCION 18-1410 de 2001
por la cual se asigna y delega la facultad relacionada con el cobro por jurisdicción coactiva de obligaciones a favor de la Nación, Ministerio de Minas y Energía
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 18-1410
- Año
- 2001
- Entidad
- MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Ministro de Minas y Energía, en ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 112 de la Ley 6ª de 1992, de conformidad con el Decreto Reglamentario 2174 de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 112 de la Ley 6ª del 30 de junio de 1992, otorgó competencia de Jurisdicción Coactiva a los Ministerios y a sus organismos adscritos y vinculados, para hacer efectivos los créditos exigibles a favor de la Nación y de dichos organismos e igualmente facultó a la respectiva autoridad para otorgar poderes a funcionarios abogados de cada entidad o para contratar apoderados especiales que sean abogados titulados, para el cobro coactivo de los créditos;
Que el artículo 112 de la mencionada Ley 6ª fue reglamentado por el Decreto 2174 del 30 de diciembre de 1992, el cual establece en su artículo 1° que los Ministerios, Departamentos Administrativos y demás entidades públicas del orden nacional, podrán organizar, dentro de cada organismo grupos de trabajo para el cobro por Jurisdicción Coactiva de los créditos a favor de la Nación, con funcionarios de cada entidad. En caso contrario deberán asignar tales funciones de cobro por Jurisdicción Coactiva a la Oficina Jurídica del respectivo organismo o dependencia que haga sus veces;
Que en igual sentido, el parágrafo del artículo 1° ibidem autoriza a cada Ministro para delegar en los términos previstos por la ley, la facultad de otorgar poder en el Jefe de la Oficina Jurídica, quien a su vez otorgará los poderes que considere necesarios a los funcionarios de su dependencia para el cobro de los créditos por Jurisdicción Coactiva;
Que según informe de la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, al Comité de Dirección del Ministerio en la reunión del 4 de octubre de 2001, se requiere adelantar los trámites necesarios para cobrar por Jurisdicción Coactiva los créditos exigibles a favor del Ministerio,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Asignar a la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Minas y Energía, las funciones de cobro por Jurisdicción Coactiva de que tratan los artículos 112 de la Ley 6ª de 1992 y 1° del Decreto Reglamentario 2174 de 1992, con el fin de hacer efectivos los créditos exigibles a favor del Ministerio.
Artículo 2°.
Delegar en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Minas y Energía, la facultad de otorgar poderes para el cobro de los créditos por Jurisdicción Coactiva.
Artículo 3°.
Las funciones de cobro por Jurisdicción Coactiva serán ejercidas por los abogados funcionarios del Ministerio de Minas y Energía que para el efecto designe el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y/o por los apoderados especiales, en caso de llegar a contratarse.
Artículo 4°.
La Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Minas y Energía deberá adelantar todas las acciones que sean necesarias para cumplir oportuna y eficientemente las funciones aquí asignadas.
Artículo 5°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 1° de noviembre de 2001.
El Ministro de Minas y Energía, Ramiro Valencia Cossio.
(C. F.)
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