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RESOLUCION 18-1049 de 2012

por la cual se prorroga la delegación de funciones efectuada mediante la Resolución 18 1030 de 2007

Tipo
RESOLUCION
Número
18-1049
Año
2012
Entidad
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales y en especial las previstas en el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 18 1030 de 2007, este Ministerio delegó en el Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas hoy denominado Servicio Geológico Colombiano, el ejercicio de funciones en materia de licenciamiento, vigilancia y control a nivel nacional de las actividades concernientes a la utilización por parte de usuarios públicos y privados de materiales radiactivos, reservándose el licenciamiento, vigilancia y control de las instalaciones radiactivas y nucleares operadas por el Servicio Geológico Colombiano y de las Empresas Prestadoras de Servicios de Dosimetría Personal, por el término de cinco (5) años, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial número 46.691 del 16 de julio de 2007.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5° de la Resolución 18 1030 de 2007, el Ministerio de Minas y Energía y el Ingeominas, suscribieron el Convenio Interadministrativo número GSA- 032- 2007.

Que de conformidad con lo establecido en los numerales 12 del artículo 2° y 1 del artículo 5° del Decreto 381 de 2012, corresponde al Ministerio de Minas y Energía formular y adoptar la política nacional en materia de energía nuclear y de materiales radiactivos.

Que el numeral 16 del artículo 5° del Decreto 381 de 2012 dispone que es función del Ministerio de Minas y Energía dictar las normas y reglamentos para la gestión segura de materiales nucleares y radiactivos en el país.

Que mediante Decreto-ley número 4131 del 3 de noviembre de 2011, se cambió la naturaleza jurídica del Instituto Colombiano de Geología y Minería (Ingeominas), por el de Servicio Geológico Colombiano, entidad que continúa cumpliendo a través del Grupo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica las funciones delegadas, previstas en el numeral 1 del artículo 4° de la mencionada disposición.

Que de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución número 18 0273 del 29 de febrero de 2012, proferida por el Ministerio de Minas y Energía, se encuentran vigentes dentro del ordenamiento jurídico todos los reglamentos aplicables en materia de protección y seguridad radiológica y nuclear expedidos por este Ministerio.

Que teniendo en cuenta que se encuentra próximo el cumplimiento del plazo de los cinco (5) años de la vigencia de la delegación de las funciones de licenciamiento, vigilancia y control a nivel nacional de las actividades concernientes a la utilización por parte de usuarios públicos y privados de materiales radiactivos, se hace necesario prorrogar por un (1) año, la delegación de que trata la Resolución 18 1030 de 2007.

Que por lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Prorrogar por el término de un (1) año, contado a partir de la fecha de expedición del presente acto administrativo, la delegación de todas las funciones entregadas al Servicio Geológico Colombiano mediante la Resolución número 18 1030 de 2007.

Artículo 2°.

Suscribir entre el Ministerio de Minas y Energía y el Servicio Geológico Colombiano, el Otrosí número 1 al Convenio número GSA-032-2007 prorrogando por un (1) año el término de duración del mismo, conforme lo establece el artículo 14 de la Ley 489 de 1998.

Artículo 3°.

Comuníquese la presente resolución al Presidente del Servicio Geológico Minero Colombiano.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 5 de julio de 2012.

El Ministro de Minas y Energía, MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

(C. F.).

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