RESOLUCION 18-0741 de 2011
por la cual se prorroga una delegación de funciones mineras
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 18-0741
- Año
- 2011
- Entidad
- MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 320 de la Ley 685 de 2001, la Ley 489 de 1998, y el Decreto 070 del 2001, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Minas y Energía mediante Resolución número 181532 del 23 de noviembre de 2004, delegó en la Gobernación de Antioquia el trámite de algunas funciones mineras hasta el 31 de diciembre de 2006, la cual ha sido prorrogada a través de las Resoluciones 181847 del 22 de diciembre de 2006 por el término de seis (6) meses, 180916 del 21 de junio del 2007, hasta el 30 de junio del 2008, 180993 del 23 de junio de 2008, hasta el 30 de junio de 2009; 182365 del 18 de diciembre de 2008, hasta el 31 de diciembre de 2010 y 182433 del 14 de diciembre de 2010, hasta el 30 de junio de 2011.
Que el Ministerio de Minas y Energía no cuenta actualmente con la infraestructura necesaria para el cumplimiento de todas las funciones que como Autoridad Minera Nacional le competen conforme a lo previsto en la Ley 685 de 2001 por lo cual, se hace necesario prorrogar el término de delegación.
Que así mismo, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley 489 de 1998, se debe suscribir un convenio en los términos de esta resolución, por lo que es procedente prorrogar el Convenio número 23 del 2007.
Que en virtud de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1.
°. Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2011, la delegación de funciones otorgada al Gobernador del departamento de Antioquia, mediante Resolución número 181532 de 2004.
Artículo 2°.
La delegación prorrogada por la presente resolución, deberá sujetarse a lo dispuesto en la resolución mencionada en el artículo anterior y en el correspondiente otrosí al Convenio número 23 del 2007, que se suscriba una vez efectuada la publicación del presente acto.
Artículo 3°.
La delegación prorrogada por la presente resolución, puede ser reasumida antes del vencimiento de la misma si así lo estima conveniente el Ministerio de Minas y Energía.
Artículo 4°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
12 de mayo de 2011.
El Ministro de Minas y Energía, Carlos Rodado Noriega.
(C. F.).
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