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RESOLUCION 122-02 de 2011

por la cual se corrige un error de transcripción en la Declaración de Producción publicada mediante Resolución 122 01 del 14 de octubre de 2011

Tipo
RESOLUCION
Número
122-02
Año
2011
Entidad
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Director de Gas (E.) del Ministerio de Minas y Energía, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en la Resolución 18 1939 de 2010 y el Decreto 2100 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto 2100 de 2011, estableció los mecanismos para promover el aseguramiento del abastecimiento nacional de gas natural y dictó otras disposiciones.

Que mediante Resolución 122 01 del 14 de octubre de 2011 se publicó la Declaración de Producción de Gas Natural.

Que Ecopetrol S. A. mediante comunicaciones con Radicados números 2011051648 del 21 de septiembre, 2011056376 y 2011056827 del 12 y 14 de octubre de 2011, respectivamente, declaró la información de aquellos campos productores de gas natural en los que tiene participación.

Que se hace necesario corregir la información de Producción Total Disponible para la Venta (PTDV) para el Campo denominado Ballena en lo correspondiente a Ecopetrol S. A. para el mes de abril del año 2012 debido a un error de transcripción.

Que igualmente se hace necesario corregir la información de Producción Total Disponible para la Venta (PTDV) y Producción Comprometida (PC-Contratos de suministro consumo interno) para el Punto de Entrada Cusiana en lo correspondiente a Ecopetrol S. A. y al Estado para el año 2013 y en lo correspondiente a Ecopetrol S. A. para el año 2014 del Anexo 2 de la Resolución 122 01 de 2011.

Que en virtud de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Corregir la información de Producción Total Disponible para la Venta (PTDV) del mes de abril de 2012 en lo respectivo a Ecopetrol S. A. en el campo denominado Ballena el cual corresponde a 104 GBTUD de conformidad con la declaración realizada por Ecopetrol S. A. mediante Radicado MME 2011056827 del 14 de octubre de 2011.

Artículo 2°.

Corregir la información de Producción Total Disponible para la Venta (PTDV) y Producción Comprometida (PC-Contratos de suministro consumo interno), en lo que corresponde a Ecopetrol S. A. para los años 2013 y 2014 y en lo que corresponde a Gas del Estado para el año 2013, así:

Artículo 3°.

La información contenida en esta resolución podrá ser actualizada en los eventos y en los términos establecidos en el Decreto 2100 de 2011, o en la norma que lo modifique o sustituya.

Artículo 4°.

Notifíquese personalmente el contenido del presente acto administrativo a Ecopetrol S. A. y a la Agencia Nacional de Hidrocarburos, advirtiéndoles que procede recurso reposición en los términos del artículo 51 del Código Contencioso Administrativo.

Artículo 5°.

Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 2011.

El Director de Gas (E.), Luis Alirio Pérez Jaimes.

(C. F.).

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