RESOLUCION 8-0995 de 1999
por la cual se sitúan los recursos correspondientes al recaudo del impuesto del oro y platino a los municipios productores.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 8-0995
- Año
- 1999
- Entidad
- MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Ministro de Minas y Energía, en ejercicio de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 2354 del 19 de noviembre de 1998, se apropió el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía para la presente vigencia fiscal;
Que en la Cuenta 3 Transferencias Corrientes aparece una partida que permite transferir a los municipios productores de oro y platino (Decreto 2173/92), los recaudos que por concepto de impuestos percibe la Dirección del Tesoro Nacional;
Que mediante Oficio N. CAJA-DTN-726 del 6 de agosto de 1999, la Subdirección Operativa de la Dirección del Tesoro Nacional informó que los recaudos del impuesto al oro y platino correspondientes al mes de julio de 1999, ascendieron a $217.952.944;
Que mediante Oficio N. 1092-05812 del 19 de agosto de 1999, la División de Distribución y Recaudo de la Empresa Nacional Minera Ltda. "Minercol Ltda.", discriminó la distribución que por municipios corresponde al recaudo de impuesto del oro y platino, percibido durante el mes de julio de 1999,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Situar los recursos correspondientes al recaudo del impuesto al oro y platino del mes de julio de 1999, a los municipios y en las cuantías que a continuación se detallan:
Artículo 2°.
Autorizar al Area Financiera-Tesorería, para que gire a cada municipio el valor mencionado en el artículo primero, una vez la Dirección del Tesoro Nacional situé los recursos correspondientes.
Artículo 3°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deberá publicarse en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de agosto de 1999.
El Ministro de Minas y Energía, Luis Carlos Valenzuela Delgado.
(C.F.)
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