Jurismart

RESOLUCION 1034 de 1999

por la cual se crea y organiza un grupo interno de trabajo en la estructura interna del Ministerio de Justicia y del Derecho

Tipo
RESOLUCION
Número
1034
Año
1999
Entidad
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Ministro de Justicia y del Derecho, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y el Artículo 75 del Decreto 1890 de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 1890 del 28 de septiembre de 1999, se reorganizó el Ministerio de Justicia y del Derecho y se dictaron otras disposiciones sobre la materia relacionada con las entidades que integran el Sector Administrativo de Justicia;

Que por Decreto 1891 del 28 de septiembre de 1999, se estableció la planta de personal del Ministerio, de Justicia y del Derecho y se dictan otras disposiciones;

Que de conformidad con el artículo 75 del Decreto 1890 de 1999 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, establecen que con el fin de atender las necesidades; del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, el Ministro podrá crear y organizar con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, determinando las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades, y las demás normas necesarias para su funcionamiento;

Que el artículo 48 de la Ley 200 de 1995, establece que toda entidad u organismo del Estado debe constituir una unidad u oficina del más alto nivel encargada de conocer en primera instancia, de los procesos que se adelanten en contra de sus servidores;

Que por lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Crear y organizar en la planta de personal del Ministerio de Justicia y del. Derecho, el grupo de Control Interno Disciplinario, dependiente de la Secretaría General del Ministerio, el cual tendrá las siguientes funciones:

1. Adelantar las investigaciones que demanden los procesos disciplinarios contra funcionarios ex funcionarios del Ministerio, de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes sobre materia.

2. Solicitar previa utorización del Ministro, la designación de investigadores especiales.

3. Coordinar con la Dirección de Defensa Judicial de la Nación los procesos que se susciten ante Contencioso Administrativo en materia de personal.

4. Rendir los informes correspondientes sobre el desarrollo de sus funciones y participar o elaborar aquellas que por su contenido y naturaleza estén dentro del ámbito de su naturaleza.

5. Orientar y asistir a las demás dependencias del Ministerio, en el inicio de las indagaciones preliminares de los procesos disciplinarios en contra de los funcionarios cuando se presente incumplimiento o violación de los reglamentos y demás disposiciones legales vigentes sobre la materia.

6. Llevar los registros y controles de todos los documentos relacionados con las investigaciones y procesos disciplinarios adelantados en el Ministerio, suministrando la información a la Procuraduría General de la Nación, cuando esta lo solicite.

7. Las demás funciones que le asigne la Secretaría General y que correspondan a la naturaleza de sus funciones.

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las Resoluciones números 155 del 17 de enero de 1994 y 0317 del 22 de marzo de 1996.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de diciembre de 1999.

El Ministro de Justicia y del Derecho, Rómulo González Trujillo.

(C.F.)

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar