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RESOLUCION 4224 de 2011

por la cual se aprueba el Acuerdo número 03 de 2011 del Consejo Profesional de Administración de Empresas.

Tipo
RESOLUCION
Número
4224
Año
2011
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confiere el Decreto 210 de 2003 y de acuerdo con el artículo 14 del Decreto 2718 de 1984, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 60 de 1981 creó el Consejo Profesional de Administración de Empresas y el Decreto Reglamentario 2718 de 1984 lo determinó como un ente adscrito al Despacho del Ministro de Desarrollo Económico.

Que el literal i) del artículo 9° de la Ley 60 de 1981 faculta al Consejo Profesional de Administración de Empresas para dictar su propio Reglamento, estructurar su funcionamiento, organizar su propia Secretaría Ejecutiva y fijar sus normas de financiación.

Que los artículos 5° y 14 del Decreto Reglamentario 2718 de 1984 indican que la validez de los Acuerdos que se promulguen en desarrollo del literal i) del artículo 9° de la Ley 60 de 1981, se adquiere con la aprobación posterior del Ministro de Desarrollo Económico mediante resolución ministerial y tendrán vigencia desde su publicación en el Diario Oficial.

Que la Ley 60 de 1981, así como sus decretos reglamentarios fueron modificados tácitamente con la expedición de las Leyes 790 de 2002 y 962 de 2005, las cuales fusionaron los Ministerios de Desarrollo Económico y de Comercio Exterior conformando el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y suprimieron la participación del Ministerio de Educación Nacional en el Consejo Profesional de Administración de Empresas, respectivamente.

Que mediante el Acuerdo número 003 de 2001, el Consejo Profesional de Administración de Empresas modificó el artículo 31 del Acuerdo número 002 de 2008, aprobado mediante la Resolución 3255 de 2009 de este Ministerio.

RESUELVE:

Artículo 1°.

Apruébase el Acuerdo número 003 de 2011 del Consejo Profesional de Administración de Empresas, "por medio del cual se modifica el artículo 31 del Acuerdo 002 del 14 de noviembre de 2008", cuyo texto es el siguiente:

"CONSEJO PROFESIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ACUERDO NÚMERO 03 DE 2011 (agosto 26) por medio del cual se modifica el artículo 31 del Acuerdo 002 del 14 de noviembre de 2008.

El Consejo Profesional de Administración de Empresas, en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 60 de 1981 creó al Consejo Profesional de Administración de Empresas y el Decreto Reglamentario 2718 de 1984 lo determinó como un organismo adscrito al Despacho del Ministro de Desarrollo Económico.

Que el artículo 8° ibídem, estableció que el Consejo Profesional de Administración de Empresas, estaría integrado por: a) El Ministro de Educación Nacional o su delegado; b) El Ministro de Desarrollo Económico o su delegado; c) Dos (2) representantes de las Facultades o Escuelas Universitarias, oficialmente aprobadas que otorguen el título de Profesional en Administración de Empresas, elegidos por los Decanos y Directivos respectivos. Por lo menos uno de los representantes deberá pertenecer a una Facultad o Escuela Universitaria que tenga su sede fuera de Bogotá; d) Dos (2) representantes de la Asociación de Administradores de Empresas o sus equivalentes, que estén legalmente constituidas, los cuales serán elegidos en la Asamblea General de Asociaciones. Por lo menos uno de estos representantes deberá pertenecer a una Asociación que tenga su sede fuera de Bogotá; e) Un (1) representante de las agremiaciones empresariales elegido por la Presidencia de la República.

Que el literal i) del artículo 9° de la misma ley faculta al Consejo Profesional de Administración de Empresas para dictar su propio reglamento, estructurar su funcionamiento, organizar su propia Secretaría Ejecutiva y fijar sus normas de financiación.

Que el artículo 4° de la Ley 790 de 2002 fusionó los Ministerios de Desarrollo Económico y de Comercio Exterior, conformando el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Que con la promulgación de la Ley 962 de 2005 "Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos", específicamente en su artículo 64, se racionalizó la participación del Ministerio de Educación o su representante o delegado en Juntas y Consejos, entre los cuales se encuentra el Consejo Profesional de Administración de Empresas.

Que el Acuerdo 002 del 14 de noviembre de 2008, en su artículo 31, estableció: "Artículo 31. Constituirá quórum para sesionar y deliberar en cada sesión del Consejo, la presencia de cinco (5) de sus miembros, y las decisiones se adoptarán por mayoría absoluta de los votos de los miembros presentes".

Que con la racionalización de la participación del Ministerio de Educación Nacional en el Consejo Profesional de Administración de Empresas se redujo el número de miembros integrantes del mismo y por lo tanto se hace necesario modificar el quórum para sesionar y deliberar establecido en el artículo 31 del Acuerdo número 002 de 2008, aprobado por la Resolución 3255 de 2009.

ACUERDA:

Artículo 1°.

Modifícase el artículo 31 de Acuerdo número 002 del 14 de noviembre de 2008, el cual quedará así:

Artículo 31.

Constituirá quórum para sesionar y deliberar en cada sesión del Consejo la presencia de la mitad más uno de sus miembros, y las decisiones se adoptarán por mayoría absoluta de los votos de los miembros presentes".

Artículo 2°.

El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su ratificación.

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de agosto de 2011.

El Presidente, Carlos Cossio Martínez.

El Secretario, Julio Enrique Duarte García".

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de octubre de 2011.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Sergio Diazgranados Guida.

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