RESOLUCION 3024 de 2009
Por la cual se modifica la Resolución 1509 del 5 de junio de 2009
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 3024
- Año
- 2009
- Entidad
- MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Viceministro de Comercio Exterior Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 78 de la Constitución Política de Colombia, en artículo 3º de la Ley 155 de 1959, en las Decisiones 376 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, 419, 506 y 562 de la Comisión de la Comunidad Andina, y en el numeral 4 del artículo 2º del Decreto-ley 210 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que la Superintendencia de Industria y Comercio - SIC, en ejercicio de lo previsto en el numeral 19 del artículo 2º del Decreto 2153 de 1992 y en el literal k) del artículo 43 del Decreto 3466 de 1982, expidió la Resolución 14471 del 14 de mayo de 2002, publicada en el Diario Oficial número 44803 del 17 de mayo de 2002, en virtud de la cual se fijaron unos requisitos mínimos de idoneidad y calidad de instalaciones para el suministro de gas en edificaciones residenciales y comerciales, mientras se oficializan las normas técnicas o se expiden los reglamentos técnicos correspondientes;
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió la Resolución 1023 del 25 de mayo de 2004, publicada en el Diario Oficial número 45563 del 29 de mayo de 2004, por la cual se expide el Reglamento Técnico para gasodomésticos que funcionan con combustibles gaseosos, que se fabriquen o importen para ser utilizados en Colombia.
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió la Resolución 0936 del 21 de abril de 2008, publicada en el Diario Oficial número 46974 del 28 de abril de 2008, que modificó la Resolución 1023 del 25 de mayo de 2004;
Que el artículo 3º de la Resolución 0936 del 21 de abril de 2008 dispuso que, en lo no previsto en la Resolución 1023 del 25 de mayo de 2004, se aplique el contenido de la Resolución 14471 del 14 de mayo de 2002;
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió la Resolución 1509 del 5 de junio de 2009, publicada en el Diario Oficial número 47377 del 11 de junio de 2009, para incluir:
1. Definiciones.
2. Procedimiento de evaluación de la conformidad de instalaciones en servicio, y
3. El Procedimiento Unico de Inspección en Colombia de instalaciones en servicio que suministran combustible gaseoso destinado a usos residenciales y comerciales y de sus correspondientes artefactos a gas;
Que la Resolución 1509 de 2009 modificó el numeral 1.2.6.4.3 -Organismos de Certificación- de la Resolución 14471 del 14 de mayo de 2002 en lo relativo al procedimiento para la evaluación de la conformidad de instalaciones existentes;
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG mediante Resolución 067 del 21 de diciembre de 1995 estableció que es el distribuidor quien está obligado a inspeccionar las instalaciones del usuario periódicamente y a intervalos no superiores a cinco años, o a solicitud del usuario, consultando las normas técnicas y de seguridad;
Que el último párrafo del procedimiento de evaluación de la conformidad contenido en el artículo 1º de la Resolución 1509 de 2009 señaló que " Teniendo en cuenta lo preceptuado en el numeral V.5.1 - Revisión a las instalaciones y medidores del usuario - del Código de Distribución de Gas Combustible por Redes, expedido por la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG mediante Resolución 067 del 21 de diciembre de 1995, el distribuidor es quien está obligado a inspeccionar las instalaciones del usuario periódicamente y a intervalos no superiores a cinco años, o a solicitud del usuario, consultando las normas técnicas y de seguridad. Para tal efecto, el distribuidor, como organismo autorizado o como organismo de inspección acreditado, podrá realizar dicha inspección directamente, o a través de organismos de inspección acreditados para desarrollar este servicio, con los cuales mantenga vínculo contractual vigente";
Que se requiere eliminar en su totalidad el inciso citado en el considerando anterior, por cuanto el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo carece de la facultad legal para reglamentar este tema, toda vez que el mismo fue reglamentado por el Ministerio de Minas y Energía a través de la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG mediante la Resolución 067 del 21 de diciembre de 1995;
Que en mérito de lo expuesto, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,
RESUELVE:
Artículo 1º.
Elimínese el último inciso del " procedimiento para la evaluación de conformidad de instalaciones en servicio " señalado en el artículo 1º de la Resolución 1509 del 5 de junio de 2009.
Afecta la vigencia de: Elimina parcialmente (inciso final ) Artículo 1 RESOLUCION 1509 de 2009
Artículo 2º.
Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, notifíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a los 27 de octubre de 2009.
El Viceministro de Comercio Exterior encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Gabriel André Duque Mildenmerg, (C.F.)
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