RESOLUCION 960 de 2011
por la cual se actualiza el Plan de Enajenación Onerosa del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 960
- Año
- 2011
- Entidad
- MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 4444 de 2008 regula la enajenación de los bienes del Estado por parte de las entidades estatales sometidas al Estatuto de Contratación de la Administración Pública.
Que el artículo 7° del Decreto 4444 de 2008 establece que las entidades públicas podrán vender sus bienes a través del mecanismo de subasta pública, cuyas condiciones de realización deberán ser señaladas en el pliego de condiciones.
Que el artículo 17 del Decreto 4444 de 2008 establece que la entidad pública deberá adoptar el Plan de Enajenación Onerosa de conformidad con el Decreto 4695 de 2005 y las normas que lo modifiquen, adicionen o deroguen, antes de proceder a la enajenación de sus bienes inmuebles.
Que el artículo 8° del Decreto 3297 de 2009 modificatorio del artículo 4° del Decreto 4637 de 2008 el cual establece que los Planes de Enajenación Onerosa se adoptarán o actualizarán dentro de los tres (3) primeros meses de cada vigencia fiscal.
Que mediante Resolución número 0881 de abril 28 de 2006 se adoptó el Plan de Enajenación Onerosa del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Que se ha considerado pertinente incluir dentro del Plan de Enajenación Onerosa del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los bienes inmuebles denominados: Hotel Hacaritama y Club Social La Chavela, que corresponden a la siguiente descripción:
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo tiene sobre este inmueble una participación de propiedad de un 54.10% y la Sociedad Comercial Almanca Ltda., en un 45.9%
RESUELVE:
Artículo 1°.
Actualizar el Plan de Enajenación Onerosa adoptado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo mediante Resolución número 0881 de abril 28 de 2006.
Artículo 2°.
El Plan de Enajenación Onerosa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo estará conformado por los siguientes inmuebles:
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo tiene sobre este inmueble una participación de propiedad de un 54.10% y la Sociedad Comercial Almanca Ltda., en un 45.9%
Artículo 3°.
La presente resolución deberá publicarse en la página web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en el Diario Oficial, así mismo deberá enviarse copia a la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de Gestión de Activos "Proga" de Central de Inversiones S. A. "Cisa".
Artículo 4°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 24 de marzo de 2011.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Sergio Diazgranados Guida.
(C. F.).
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