RESOLUCION 157 de 2003
por la cual se deroga la Resolución 1963 del 28 de diciembre de 2001 del Ministerio de Comercio Exterior
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 157
- Año
- 2003
- Entidad
- MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 210 del 3 de febrero de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 65 y 66 del Decreto-ley 444 de 1967, el Ministerio de Comercio Exterior expidió la Resolución 1963 del 28 de diciembre de 2001, mediante la cual se reglamentó el registro previo de exportaciones y reexportaciones;
Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 del Decreto 210 de 2003, compete al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la administración, seguimiento y control de las operaciones relacionadas con los programas de los Sistemas Especiales de Importación-Exportación;
Que de conformidad con los principios de economía y celeridad establecidos en los artículos 209 de la Constitución Política y 3° del Código Contencioso Administrativo, los procedimientos administrativos deben garantizar agilidad en la adopción de decisiones, contemplar la menor cantidad de gastos para quienes intervienen en ellos, exigir los documentos estrictamente necesarios y suprimir los trámites innecesarios,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Derogar la Resolución 1963 del 28 de diciembre de 2001 del Ministerio de Comercio Exterior, mediante la cual se reglamentó el registro previo de exportaciones y reexportaciones.
Parágrafo. Para todos los efectos se suprimen las garantías constituidas con base en las Resoluciones 3807 de 1991 y 1963 de 2001, sobre las cuales a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, no exista acto administrativo ejecutoriado que declare su efectividad.
Artículo 2°.
Para la salida temporal o definitiva de las mercancías importadas temporalmente en desarrollo de los Sistemas Especiales de Importación-Exportación se aplicarán las disposiciones previstas en la Resolución 1964 de 2001 del Ministerio de Comercio Exterior modificatoria de la Resolución 1860 de 1999 del Incomex y demás normas que la modifiquen o sustituyan.
Artículo 3°.
La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a 12 de febrero de 2003.
JORGE HUMBERTO BOTERO ANGULO.
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