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RESOLUCION 1376 de 1995

por medio de la cual se delega la facultad de realizar el Cobro Persuasivo y la Jurisdicción Coactiva de los créditos exigibles a favor de la Dirección Nacional de Estupefacientes.

Tipo
RESOLUCION
Número
1376
Año
1995
Entidad
DIRECCION NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL DIRECTOR NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES, en uso de sus facultades legales, que le han sido conferidas mediante el Decreto 2159 de 1992, en concordancia con el Decreto 2174 de 1992, Reglamentario del artículo 112 de la Ley 6ª del mismo año.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 112 de la Ley 6ª de 1992, confirió facultades a las Entidades Públicas del Orden Nacional, tales como Ministerios, Departamentos Administrativos, Organismos Adscritos y Vinculados, la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación y la Registraduría General del Estado Civil, para hacer efectivos los créditos exigibles a su favor, por Jurisdicción Coactiva.

Que el Decreto 2174 de 1992, en el parágrafo del artículo primero, faculta a cada Ministro, Jefe de Unidad Administrativa Especial, Director de Departamento Administrativo, Presidente o Director de cada Organismo y Entidad adscrita o vinculada, al Contralor General de la Nación, al Registrador Nacional del Estado Civil, o al funcionario que tenga dicha competencia de acuerdo con la Constitución y la ley para delegar el ejercicio de la jurisdicción de cobro coactivo, en el Jefe de la Oficina Jurídica o dependencia que haga sus veces, o en el Coordinador de grupo de trabajo, otorgándoles los poderes previstos en la ley.

Que el Decreto 2159 de 1992, por el cual se fusionó la Dirección Nacional de Estupefacientes con el Fondo Rotatorio de Prevención, Represión y Rehabilitación del Consejo Nacional de Estupefacientes, en su artículo 4°, numeral 4° dispuso dentro de su estructura orgánica, la creación de la División de Cobro Coactivo como una dependencia de la Subdirección Jurídica.

Así mismo en su artículo 18, señaló las funciona a desempeñar por parte de la misma.

Que la División de Cobro Coactivo de esta Entidad, deberá cumplir con las funciones que le han sido asignadas, de conformidad con los presupuestos consagrados en su respectivo Manual de Procedimientos.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Delegar y otorgar poder a la doctora Claudia Ivonne FÁCTOR Lugo, identificada con la cédula de ciudadanía número 51976003 de Bogotá, y portadora de la Tarjeta Profesional número 65074 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, para adelantar los procedimientos de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva, de los créditos exigibles a favor de esta Entidad, dentro del Territorio Nacional.

Artículo 2°.

La presente Resolución, rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a los seis (6) de octubre de 1995.

El Director, Gabriel de la Vega Pinzón La Secretaria, Margarita Hernández Cortés.

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