RESOLUCION 504 de 2013
por la cual la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación se acoge a la aplicación del Régimen de Transición, establecido en el numeral 2 del artículo 162 del Decreto número 1510 de 2013
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 504
- Año
- 2013
- Entidad
- DIRECCION NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La suscrita apoderada General de la Dirección Nacional de Estupefacientes en liquidación, en ejercicio del Poder General, con representación, otorgado mediante escritura número 1777 del 7 de octubre de 2011, de la Notaría 26 de Bogotá, por Fiduciaria la Previsora S.A., obrando como Liquidadora de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación poder general otorgado conforme a lo establecido en el Decreto número 3183 del 2 de septiembre de 2011 y las normas allí indicadas en especial las que le confiere los Decretos números 319 del 7 de febrero de 2012, 1420 de junio 29 de 2012 y el Decreto número 2715 de diciembre 27 de 2012 y Decreto número 2768 de diciembre 28 de 2012 expedidos por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y
CONSIDERANDO:
Que el día 2 de septiembre de 2011 el Gobierno Nacional expidió el Decreto número 3183 por medio del cual suprimió la Dirección Nacional de Estupefacientes y ordenó su liquidación.
Que el artículo 3° del Decreto número 3183 de 2011 estableció que por ser una unidad administrativa especial del orden nacional, adscrita al Ministerio de Justicia y del Derecho, su liquidación se someterá a las disposiciones de Decreto-ley 254 de 2000 y las normas que lo modifican, y en lo no previsto en dichas disposiciones se aplicará, en lo pertinente, lo establecido en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
Que el artículo 30 del Decreto número 3183 de 2011, dispuso que la Dirección Nacional de Estupefacientes en liquidación (DNE) en Liquidación continuará transitoriamente con la administración del Fondo de Rehabilitación Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco).
Que mediante el Decreto número 1420 de 2012 se prorrogó el plazo de la liquidación hasta el 31 de diciembre de 2013.
Que en cumplimiento de las funciones transitorias previstas en el Decreto número 3183 de 2011 y en aplicación de lo dispuesto en las Leyes 80 de 1993 la Dirección Nacional de Estupefacientes se encuentra sometida al Estatuto General de Contratación Estatal.
Que mediante la Ley 80 de 1993 se expidió el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, cuyo objeto es disponer las reglas y principios que rigen los contratos de las Entidades Estatales, la cual fue modificada por la Ley 1150 de 2007 y los decretos reglamentarios.
Que, las Leyes 80 de 1993, 361 de 1997, 816 de 2003, 905 de 2004, 996 de 2005, 1150 de 2007, 1450 de 2011, 1474 de 2011, 019 de 2012, 1562 de 2012, contienen reglas generales en materia de contratación pública que deben ser reglamentadas por el Gobierno Nacional en la órbita de su competencia.
Que el Decreto número 1510 de 2013 derogó en su integridad el Decreto número 734 de 2012 y estableció que la Agencia Especial de Contratación-Colombia Compra-debe emitir procedimientos y documentos necesarios para dar adecuada aplicación al Decreto en mención.
Que el numeral 2 del artículo 162 del Decreto número 1510 de 2013, que deroga expresamente el Decreto número 0734 del 13 de abril de 2012, establece un régimen de transición, a saber:
(…) Régimen de transición. El siguiente es el régimen de transición del presente decreto: 2. Aplicación transitoria del Decreto número 734 de 2012. Aquellas Entidades Estatales que por razones operativas derivadas de la necesidad de ajustar sus procedimientos interno de contratación a la nueva reglamentación, consideren necesario continuar aplicando las disposiciones del Decreto número 734 de 2012 pueden hacerlo para todos sus Procesos de Contratación durante el período de transición que se extienda hasta el 31 de diciembre de 2013.
Para el efecto, las Entidades Estatales deben expedir a más tardar el 15 de agosto de 2013, un acto administrativo de carácter general en el cual manifiesten que se acogen ha dicho periodo de transición, el cual debe ser publicado en el Secop (…).
Que las Entidades Estatales, tienen la facultad discrecional de dar aplicación al régimen de transición previsto en el numeral 2 del artículo 162 del Decreto número 1510 de 2013.
Que teniendo en cuenta que la Entidad se encuentra en proceso liquidatario la vigencia del mismo es hasta el 31 de diciembre de 2013, resulta conveniente acogerse al Régimen de Transición.
En mérito de lo expuesto la representante legal de la Dirección Nacional de Estupefacientes en liquidación,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Acójase, la aplicación del régimen de transición contenido en el numeral 2 del artículo 162 del Decreto 1510 del 17 de julio de 2013, hasta el 31 de diciembre de 2013.
Artículo 2°.
Divulgación y Actualización. El presente documento deberá publicarse en el Secop y en la página web de la Entidad.
Artículo 3.
°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 15 de agosto de 2013.
La Apoderada General, María Mercedes Perry Ferreira, Dirección Nacional de Estupefacientes en liquidación. (C. F.).
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