Jurismart

RESOLUCION 178 de 2008

por la cual se adiciona la Resolución CREG 097 de 2008

Tipo
RESOLUCION
Número
178
Año
2008
Entidad
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y los Decretos 1524 y 2253 de 1994,

CONSIDERANDO:

La CREG expidió la Resolución CREG 097 de 2008 mediante la cual "se aprueban los principios generales y la metodología para el establecimiento de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y Distribución Local".

En el numeral 6.1 del Capítulo 6 del Anexo General de la Resolución CREG 097 de 2008 se estableció la forma de actualizar, liquidar y recaudar los cargos de los STR entre los Operadores de red y los Comercializadores de energía eléctrica, faltando lo correspondiente a la energía despachada a través de enlaces internacionales que no son representados por ningún Comercializador.

Según el mecanismo de las Transacciones Internacionales de Electricidad de Corto Plazo de que trata la Resolución CREG 004 de 2003, el ASIC es el responsable por la administración, liquidación, facturación y recaudo de las Transacciones Internacionales de Electricidad de Corto Plazo -TIE- con el Administrador del mercado importador, donde se incluyen los cargos por uso del STR y SDL que correspondan.

Es necesario establecer el liquidador y recaudador de los ingresos de STR que correspondan a las TIE y la manera de distribución entre los OR.

De conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 2° de la Resolución CREG-097 de 2004, la Comisión decidió por unanimidad que la presente resolución no está sometida a las disposiciones sobre publicidad de proyectos de regulaciones previstas en el artículo 9° del Decreto 2696 de 2004, por razones de oportunidad, dado que el sistema requiere de manera inmediata reglas para efectuar la liquidación adecuada del STR incluyendo las TIE.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión 397 del 31 de diciembre de 2008, aprobó expedir la presente resolución.

RESUELVE:

Artículo 1°.

Adiciónase el siguiente inciso al numeral 6.2.1 del Anexo General de la Resolución CREG 097 de 2008:

"Cuando se efectúen exportaciones de energía eléctrica a través de los enlaces internacionales, mediante el mecanismo de las Transacciones Internacionales de Electricidad de Corto Plazo de que trata la Resolución CREG 004 de 2003 o aquella que la modifique o sustituya, el LAC liquidará los cargos por uso a que haya lugar por dicha exportación de energía para que estos sean facturados y recaudados por el ASIC. Recibido el dinero por parte del ASIC, el LAC distribuirá los valores correspondientes entre los OR según la liquidación que realice".

Afecta la vigencia de: Adiciona (anexo general numeral 6.2.1 ) anexo RESOLUCION 97 de 2008

Artículo 2°.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de diciembre de 2008.

El Presidente, Manuel Maiguashca Olano, Viceministro de Minas y Energía, Delegado del Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo, Hernán Molina Valencia. (C.F.)

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar