RESOLUCION 128 de 1998
por la cual se modifica el artículo 4º de la Resolución CREG-051 de 1998
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 128
- Año
- 1998
- Entidad
- COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, mediante resolución CREG-051 de 1998, aprobó los principios generales y los procedimientos para definir el plan de expansión de referencia del Sistema de Transmisión Nacional y estableció la metodología para determinar el Ingreso Regulado por concepto del uso de este sistema.
Que en el parágrafo 4º del artículo 4º de la Resolución CREG-051 de 1998, se estableció que la primera convocatoria para la realización de las obras de expansión del STN, deberá ser abierta antes del 28 de febrero de 1999;
Que mediante la Resolución CREG-099 de 1998, la Comisión, a solicitud del Comité Asesor de Planeamiento de la UPME, modificó el plazo, previsto en la resolución CREG-051 de 1998, para que dicho Comité presentara la propuesta de desagregación de los activos del STN de que trata el artículo 4º de la citada Resolución CREG-051 de 1998, estableciendo como fecha límite el 30 de octubre de 1998;
Que el Comité Asesor de planeamiento de la UPME, mediante comunicación del 30 de octubre de 1998, radicada con el número CREG-5736 de 1998, presentó una propuesta de unidades constructivas para el STN, y mediante comunicación de fecha 15 de diciembre de 1998, radicada bajo el número 6588 de 1998, sometió a consideración de la Comisión la propuesta de Costos Unitarios y Unidades constructivas para el STN;
Que con base en la información sobre desagregación de activos que corresponde proponer al Comité Asesor de Planeamiento de la UPME, la Comisión deberá proceder a aprobar los costos unitarios por Unidad Constructiva de los activos que conforman el Sistema de Transmisión Nacional, y considera conveniente hacerlo antes de abrir la primera convocatoria;
Que teniendo en cuenta que la fecha límite para la presentación de la propuesta de desagregación de los activos del STN era el 30 de octubre y que ésta fue presentada el 15 de diciembre de 1998, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión del día veintidós (22) de diciembre de 1998, decidió aplazar la apertura de la primera convocatoria de que trata el parágrafo 4º del artículo 4º de la Resolución CREG-051 de 1998.
RESUELVE:
Artículo 1º.
Modificar el último inciso del parágrafo 4º del artículo 4º de la Resolución CREG-051 de 1998, el cual quedará así:
"En todo caso la primera convocatoria deberá ser abierta antes del treinta y uno (31) de marzo de 1999".
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (parágrafo 4 inciso final ) Artículo 4 RESOLUCION 51 de 1998
Artículo 2º.
La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 1998.
El Viceministro de Energía Delegado por el señor Ministro de Minas y Energía Presidente, Felipe Riveira Herrera.
El Director Ejecutivo, José Camilo Manzur J.
(Cuenta de cobro).
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