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RESOLUCION 106 de 2005

por la cual se señala el porcentaje de la contribución de regulación que deben pagar las entidades reguladas por la CREG en el año 2005

Tipo
RESOLUCION
Número
106
Año
2005
Entidad
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las que le confieren los artículos 85 de la Ley 142 de 1994 y 22 de la Ley 143 de 1994, y el Decreto 2461 de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que para los efectos de recuperar los costos del servicio de regulación atribuido a la Comisión, los artículos 85 de la Ley 142 de 1994 y 22 de la Ley 143 de 1994, desarrollados por el Decreto 2461 de 1999, consagran una contribución de regulación, cuya tarifa máxima no podrá ser superior al uno por ciento (1%) del valor de los gastos de funcionamiento de la entidad contribuyente, con exclusión de los factores señalados en las Leyes 142 y 143 de 1994;

Que corresponde a la Comisión definir el monto de la contribución que se aplicará a cada una de las entidades sometidas a su regulación, por el año 2005, de conformidad con la normatividad que regula esta materia;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión número 279 de 30 de noviembre 2005, aprobó las siguientes decisiones,

RESUELVE:

Artículo 1°.

El monto total de la contribución que deben pagar las entidades sujetas a regulación de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, por el año 2005, es del 0,710314016% del valor de los gastos de funcionamiento de la entidad sujeta a regulación, con exclusión de los factores establecidos en la ley. El monto correspondiente a cada entidad será determinado con base en los estados financieros correspondientes al año de 2004, como lo ordenan las normas vigentes.

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 2005.

El Presidente, Manuel Maiguashca Olano, Viceministro de Minas y Energía delegado del Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo, Ricardo Ramírez Carrero.

(C.F.)

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