RESOLUCION 102 de 2001
por la cual se amplían plazos establecidos en el Reglamento Unico de Transporte de Gas Natural, RUT, y en la Resolución CREG-028 de 2001
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 102
- Año
- 2001
- Entidad
- COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 de 1994 y 401 de 1997, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y 1175 de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 142 de 1994, la actividad de transporte de gas natural es una actividad complementaria del servicio público domiciliario de gas natural;
Que según el artículo 3° de la Ley 401 de 1997, es función de la CREG establecer las reglas y condiciones operativas que debe cumplir toda la infraestructura del Sistema Nacional de Transporte a través del Reglamento Único de Transporte de Gas Natural;
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, mediante Resolución CREG-071 de 1999, aprobó el Reglamento Único de Transporte de Gas;
Que mediante Resolución CREG-028 de 2001 se ampliaron plazos establecidos en el Reglamento Único de Transporte;
Que mediante comunicaciones radicadas bajo los números CREG-5207 del 12 de junio de 2001 y CREG-5841 del 6 de julio de 2001, el Consejo Nacional de Operación de Gas solicitó ampliar los plazos establecidos para la implementación de protocolos para el manejo de información y para la elaboración de Acuerdos de Balance Marco;
Que con el fin de asegurar la adecuada aplicación de las disposiciones establecidas en el Reglamento Único de Transporte, se considera necesario ampliar los plazos para el cumplimiento de algunas de las funciones establecidas en el Reglamento Único de Transporte;
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas en su Sesión número 156 del 17 de julio de 2001 aprobó nuevos plazos para el cumplimiento de algunas tareas señaladas en la Resolución CREG-071 de 1999 y en la Resolución CREG-028 de 2001,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Nuevos plazos para el cumplimiento de algunas funciones establecidas en el Reglamento Único de Transporte. Modifícanse los siguientes plazos establecidos en la Resolución CREG-071 de 1999 y modificados por la Resolución CREG-028 de 2001:
Acción Plazo vigente Nuevo Plazo Implementación de protocolos para manejo de información de 2001 Julio 6 de 2001 Septiembre 6 Elaboración de Acuerdos de Balance Marco Julio 6 de 2001 Octubre 6 de 2001 Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente RESOLUCION 71 de 1999
Artículo 2°.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 17 de julio de 2001.
El Ministro de Minas y Energía, Presidente, Luis Ramiro Valencia Cossio.
El Director Ejecutivo (E.), Jaime Alberto Blandón Díaz.
(C.F.)
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