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RESOLUCION 93 de 1998

por la cual se dictan normas que previenen la competencia desleal

Tipo
RESOLUCION
Número
93
Año
1998
Entidad
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Comisión de Regulación de Energía y Gas en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los Decretos 1525 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que la CREG tiene la facultad legal de establecer mecanismos regulatorios que eviten la competencia desleal entre las empresas de los sectores que regula;

Que la actividad de comercialización para los no regulados tiene el régimen de libertad, en razón a la competencia existente;

Que los comercializadores deben competir en este mercado de acuerdo con los costos de prestación del servicio;

Que la contribución de solidaridad no puede ser un elemento de competencia entre los agentes que participan en el mercado de los no regulados;

Que la actividad de comercialización tiene tratamiento legal y regulatorio distinto para el mercado regulado y el no regulado;

Que la Ley 142 de 1994 determina como práctica restrictiva de la competencia, el otorgar subsidios con recursos de la empresa, o provenientes de otra actividad;

RESUELVE:

Artículo 1°.

Los usuarios No Regulados deberán pagar la contribución de que trata la Ley 142 de 1994, en el Artículo 89, sobre la base de la fórmula de Costo Unitario de Prestación del Servicio (CU) vigente para el comercializador que atienda el mayor número de usuarios regulados en el respectivo Mercado de Comercialización donde se encuentre el usuario No Regulado.

Artículo 2°.

La Dirección Ejecutiva de la CREG divulgará el nombre del comercializador que atienda el mayor número de usuarios regulados en los diferentes mercados.

Artículo 3°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 4 días del mes de Septiembre Ministro de Minas y Energía Luis Carlos Valenzuela D., Presidente.

Director Ejecutivo Jose Camilo Manzur J.

(Cuenta de cobro).

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