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RESOLUCION 85 de 2005

por la cual se actualiza el costo anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4 a la Electrificadora del Meta S. A. ESP, aprobado en la Resolución CREG 045 de 2003

Tipo
RESOLUCION
Número
85
Año
2005
Entidad
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Comisión de Regulación de Energía y gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas;

Que mediante la Resolución CREG 082 de 2002, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL);

Que de acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 6° de la Resolución CREG 082 de 2002, el costo anual por uso de los activos del Nivel de Tensión 4 o el Costo Anual de los Activos de Conexión al Sistema Interconectado Nacional, podrán ser revisados por la Comisión para lo cual se requiere la aprobación de los proyectos por parte de la Unidad de Planeación Minero-Energética;

Que la Electrificadora del Meta S. A. ESP en comunicación dirigida a la CREG, radicada con el número E-2004-010080 del 17 de diciembre de 2004, solicitó el ajuste de los cargos de Nivel de Tensión 4 por la entrada en operación de la Línea La Reforma-Ocoa de 115 kV y la subestación Ocoa 115/34.5/13.2 kV de 40MVA;

Que posteriormente, mediante comunicación radicada en la CREG bajo el número E-2005-004304 del 7 de junio de 2005, la empresa amplió su solicitud, complementando las Unidades Constructivas a reconocer en la subestación Ocoa;

Que mediante la comunicación UPME 8051, radicada en la CREG bajo el número E-2004-009995 del 14 de diciembre del 2004, la Unidad de Planeación Minero-Energética emitió concepto sobre el proyecto;

Que la CREG en comunicación S-2004-003511 del 10 de diciembre de 2004 solicitó a la UPME realizar las revisiones del caso e impartiera su aprobación o rechazo al proyecto en cuestión;

Que a través de la comunicación UPME 8179 del 17 de diciembre de 2004 radicada en la CREG bajo el número E-2004-010154, la Unidad emitió su aprobación al proyecto línea doble circuito Ocoa-Reforma 115 kV y subestación Ocoa;

Que mediante auto del 4 de enero de 2005, la CREG inició la actuación administrativa a fin de realizar los análisis y estudios tendientes a modificar los costos reconocidos en el Nivel de Tensión 4 a la Electrificadora del Meta S. A. ESP;

Que en cumplimiento del parágrafo 2° del artículo 13 de la Resolución CREG 082 de 2002 la empresa hizo llegar copia del aviso publicado en el periódico La República del 29 de diciembre de 2005, mediante comunicación radicada en la CREG con el número E-2004-010395;

Que aplicada la metodología contenida en la Resolución CREG 082 de 2002 y una vez incluida los nuevos activos, se calcularon para el sistema operado por la Electrificadora del Meta S. A. ESP, las siguientes variables: a) Costo anual para remunerar los activos del Nivel de Tensión 4, sin aplicar los criterios de eficiencia de que trata el Anexo número 8 de la Resolución CREG 082 de 2002:

Costos anuales equivalentes Pesos de diciembre de 2001 Activos de uso del nivel 4 (Líneas radiales)- CALRJ,4 1.194.774.908 Activos de uso del nivel 4 (Líneas no radiales)- CALNRJ,4 3.948.655.044 b) Costo anual para remunerar los activos del Nivel de Tensión 4, aplicando los criterios de eficiencia de que trata el Anexo N° 8 de la Resolución CREG 082 de 2002 y los aprobados mediante Resolución CREG 030 de 2003:

Costos anuales equivalentes Pesos de diciembre de 2001 Activos de uso del nivel 4 (Líneas radiales)-CALRJ,4 945.796.384 Activos de uso del nivel 4 (Líneas no radiales)-CALNRJ,4 3.948.655.044 Que la Comisión, en Sesión número 266 del día 4 de agosto de 2005, aprobó modificar el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4, a la Electrificadora del Meta S. A. ESP,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Modificar el artículo 1° de la Resolución CREG 045 de 2003, el cual quedará así:

"

Artículo 1.

Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4. El Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 operados por la Electrificadora del Meta S. A. ESP será el siguiente:

Costo anual Pesos colombianos de diciembre de 2001 CAJ,4 5.761.587.099 Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 1 RESOLUCION 45 de 2003

Artículo 2°.

Vigencia. De conformidad con lo previsto en el parágrafo del artículo 7° de la Resolución CREG 082 de 2002, los costos aprobados en esta resolución estarán vigentes desde la fecha en que quede en firme y se aplicarán a partir del mes de enero de 2006 y hasta el 31 de diciembre del año 2007. Vencido su período de vigencia, continuarán rigiendo hasta que la Comisión apruebe los nuevos.

Artículo 3°.

Recursos. La presente resolución deberá notificarse a la Electrificadora del Meta S. A. ESP. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de agosto de 2005.

El Viceministro de Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía, Manuel Maiguashca Olano Presidente.

El Director Ejecutivo, Ricardo Ramírez Carrero.

(C.F.)

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