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RESOLUCION 82 de 1999

por la cual se modifican las Resoluciones CREG-001 y CREG-002 de 1994, CREG-012, CREG-024 de 1995 y CREG-058 de 1996, expedidas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas

Tipo
RESOLUCION
Número
82
Año
1999
Entidad
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que las Leyes 142 y 143 de 1994, encargaron de la planeación y coordinación de la operación de los recursos del Sistema Interconectado Nacional y la administración del sistema de intercambios y comercialización de energía eléctrica en el mercado mayorista, al Centro Nacional de Despacho, el cual fue concebido como una dependencia interna de la empresa encargada del servicio de interconexión nacional;

Que en virtud de las normas señaladas, Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. actualmente viene realizando, a través de dos dependencias, las actividades propias de planeación y coordinación de la operación del Sistema Interconectado Nacional CND, y de administración del sistema de intercambio comerciales de energía eléctrica, ASIC;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas mediante Resoluciones CREG-001 de 1994 y CREG-012 de 1995, le asignó a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P de manera transitoria, la función de liquidar y administrar las cuentas del Sistema de Transmisión Nacional;

Que la Ley 142 de 1994, artículo 167, Parágrafo 1, facultó al Gobierno Nacional para que, una vez conformado el Centro Nacional de Despacho, constituyera una sociedad anónima que se encargara de las funciones atribuidas a dicho Centro;

Que el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 1171 de 1999, ordenó la creación de una Empresa de Servicios Públicos en los términos establecidos en el Parágrafo mencionado;

Que en dicho Decreto, el Gobierno Nacional ordenó al Ministerio de Minas y Energía expedir los actos y promover la celebración de los acuerdos y convenios que resulten necesarios para la creación y constitución de esta empresa;

Que en las Resoluciones CREG-002 de 1994, CREG-024 de 1995 y CREG-058 de 1996, la Comisión de Regulación de Energía y Gas le asignó funciones y/o delegaciones a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., que deben ser asumidas por la nueva empresa una vez se constituya;

Que se considera conveniente por consistencia regulatoria y ante la próxima constitución de la empresa a la que se refiere el Decreto 1171 de 1999, ajustar la reglamentación vigente, reasignando aquellas funciones que vienen siendo desarrolladas por Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. y que serán asumidas por la nueva empresa;

Que conforme a lo dispuesto en el Literal i) del artículo 23 de la Ley 143 de 1994, el Consejo Nacional de Operación expresó sus opiniones sobre los aspectos contenidos en la presente Resolución,

RESUELVE:

Artículo 1°.

A partir de la fecha en que se separe efectivamente el Centro Nacional de Despacho de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., la empresa creada por el Gobierno Nacional en desarrollo del parágrafo 1° del artículo 167 de la Ley 142 de 1994, realizará las actividades actualmente asignadas al Centro Nacional de Despacho, CND, al Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales ASIC, y al Liquidador y Administrador de Cuentas del STN, LAC, de conformidad con las normas regulatorias expedidas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas que le atribuían tales facultades a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P.

Artículo 2°.

A partir de la fecha señalada en el artículo anterior, las funciones y/o delegaciones asignadas a Interconexión Eléctrica S.A., E.S.P. en las Resoluciones CREG-001 y CREG-002 de 1994, CREG-012 y CREG-024 de 1995 y CREG-058 de 1996, serán asumidas por la nueva entidad.

Parágrafo 1.
°. Los convenios que haya suscrito Interconexión Eléctrica S. A., E.S.P. en su calidad de Liquidador y Administrador de Cuentas del STN, LAC, así como los contratos de mandato que haya suscrito en su calidad de Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales ASIC, deberán ser cedidos por ISA S.A. E.S.P., de conformidad con las estipulaciones contenidas en dichos convenios y contratos, a la Empresa creada por el Gobierno Nacional en desarrollo del Parágrafo 1° del artículo 167 de la Ley 142 de 1994, a partir de la fecha en que ésta asuma sus funciones.

Parágrafo 2°.
Reasignadas las funciones y/o delegaciones a que se refiere el presente Artículo, se entiende que la Empresa creada por el Gobierno Nacional en desarrollo del Parágrafo 1°. del artículo 167 de la Ley 142 de 1994, deberá ceñirse a la regulación expedida por la CREG que se encuentre vigente, conservando en todo caso los mismos deberes y derechos que se deriven de la reasignación.

Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente RESOLUCION 24 de 1995 Modifica en lo pertinente RESOLUCION 58 de 1996 Modifica en lo pertinente RESOLUCION 1 de 1994 Modifica en lo pertinente RESOLUCION 2 de 1994

Artículo 3°.

La presente Resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Modifica en lo pertinente todas las normas señaladas en ella, así como las demás normas que de manera indirecta hayan atribuido funciones y/o delegaciones a Interconexión Eléctrica S. A., E.S.P., en su calidad de operador del Centro Nacional de Despacho, Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales y Liquidador y Administrador de Cuentas del STN, a partir de la fecha señalada en el artículo 1° de esta resolución.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 1999.

El Viceministro de Energía Delegado por el Ministro de Minas y Energía, Felipe Riveira Herrera, Presidente.

El Director Ejecutivo, José Camilo Manzur J.

(C.F.)

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