RESOLUCION 64 de 1996
por la cual se dictan normas sobre la inscripción de contratos ante el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciale, (SIC).
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 64
- Año
- 1996
- Entidad
- COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución 16 de 1996, complementaria de las Resoluciones 9° de 1994 y 11 de 1995, dispuso que las cantidades de energía y potencia que deben pactarse en los contratos de energía, deben cubrir al menos ciertos porcentajes de la demanda proyectada para el mercado atendido directamente por cada empresa distribuidora.
Que la misma resolución ordenó que antes del 30 de septiembre de 1996 las empresas generadoras y comercializadoras deben registrar ante el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (SIC), los contratos para atender la demanda del período de tres años que se cuenta a partir del 1o de diciembre de 1996.
RESUELVE:
Artículo 1°.
Plazo de inscripción de los contratos de energía ante el SIC. A partir de la vigencia de la presente resolución los contratos de compra de energía deberán inscribirse ante el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (SIC), como mínimo treinta (30) días hábiles antes de la fecha en que se inicie la ejecución del respectivo contrato.
Parágrafo.
Lo dispuesto en este artículo no modifica la obligación establecida por la resolución 16 de 1995 de contratar los porcentajes de energía y potencia indicados por esa norma.
TEXTO CORRESPONDIENTE A Modificado Artículo 1 RESOLUCION 90 de 1996
Artículo 2°.
Vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase, Dada en Santa Fe de Bogotá, a 13 de agosto de 1996.
El Ministro de Minas y Energía, Presidente, Rodrigo Villamizar A El Director Ejecutivo, Antonio Barberena S.
(Cuenta de cobro)
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