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RESOLUCION 37 de 2002

por la cual se fija un nuevo plazo para la suscripción de los convenios para la normalización de los circuitos subnormales de que trata la Resolución CREG-120 de 2001

Tipo
RESOLUCION
Número
37
Año
2002
Entidad
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus funciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que el literal o) del artículo 23 de la Ley 143 de 1994, asigna a la CREG, como una de sus funciones, la de "Reglamentar la prestación del servicio eléctrico en los barrios subnormales y áreas rurales de menor desarrollo";

Que en ejercicio de dicha función la Comisión de Regulación de Energía y Gas expidió la Resolución CREG-120 de 2001 "por la cual se regula la prestación del servicio de energía eléctrica en barrios subnormales conectados al Sistema Interconectado Nacional, SIN";

Que el artículo 3°. de la misma resolución estableció un plazo máximo de seis (6) meses, contados a partir de su entrada en vigencia, para la suscripción de convenios para la normalización de los circuitos subnormales de los que trata dicha norma;

Que el plazo indicado se venció el día 4 de abril del año en curso;

Que mediante Radicado número 3641 la señora Ministra de Minas y Energía remitió la comunicación suscrita por el señor Alcalde del Distrito Industrial y Portuario de Barranquilla en la cual solicita la ampliación en un mes del plazo referido con el fin de permitir la legalización de un mayor número de barrios subnormales, dadas las dificultades que se han presentado en la suscripción de algunos convenios;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas consideró pertinente aceptar la solicitud presentada y otorgar un mes adicional para que culmine adecuadamente el proceso de suscripción de los acuerdos;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión número 185 del día 6 de mayo aprobó la siguiente decisión,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Fijar un plazo de dos (2) meses contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución para la suscripción de los convenios de normalización de los circuitos subnormales de que trata el artículo 3° de la Resolución CREG-120 de 2001.

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 6 de mayo de 2002.

La Viceministra de Minas y Energía, Delegada por la Ministra de Minas y Energía, Evamaría Uribe Tobón.

Presidenta.

El Director Ejecutivo, David Reinstein Benítez.

(C.F.)

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