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RESOLUCION 8 de 1995

por la cual se establece la periodicidad de las reuniones del Consejo Nacional de Operación.

Tipo
RESOLUCION
Número
8
Año
1995
Entidad
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Comisión de Regulación de Energía Y Gas en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 37 de la Ley 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1523 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 37 de la Ley 143 de 1994 determinó que la Comisión de Regulación de Energía y Gas establecerá la periodicidad de las reuniones del Consejo Nacional de Operación.

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas en su sesión del 7 de marzo de 1995 definió la frecuencia de las reuniones del Consejo Nacional de Operación.

RESUELVE:

Artículo 1º.

El Consejo Nacional de Operación será convocado por su Secretario Técnico y sesionará, en forma ordinaria, por lo menos una vez al mes, y extraordinariamente, cuando así lo solicite el Ministro de Minas y Energía o uno de los miembros del Consejo.

Artículo 2º.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta del Ministerio de Minas y Energía.

Comuníquese, publíquese y cúmplase Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., el día 14 de Marzo de 1995 Presidente, Jorge Eduardo Cock Londoño La Directora Ejecutiva, Evamaria Uribe Tobón (Cuenta de cobro).

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