RESOLUCION 31 de 2014
por la cual se corrige un error formal contenido en la Resolución 24 del 16 de septiembre de 2014 de la Vicepresidencia de Promoción y Fomento
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 31
- Año
- 2014
- Entidad
- AGENCIA NACIONAL DE MINERIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Vicepresidente de Promoción y Fomento de la Agencia Nacional de Minería (E.), en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en los artículos 317 de la Ley 685 de 2001, 108 de la Ley 1450 de 2011, 4° y 17 del Decreto ley 4134 de 2011 y 45 y 93 de la Ley 1437 de 2011,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 24 del 16 de septiembre de 2014 se ordenó revocar parcialmente la Resolución número 18 0241 del 24 de febrero de 2012 del Ministerio de Minas y Energía en el sentido de excluir de la delimitación de áreas mineras estratégicas las áreas cuya alinderación se indica en el artículo 1° de dicha resolución.
Que de conformidad con el numeral 4 del artículo 1° de la resolución a que se alude en el considerando anterior, entre las áreas cuya exclusión se ordena, se incluyó el área de la propuesta de contrato de Concesión Minera KJ2-08062X que se superpone con el Bloque número 236 de las Áreas Estratégicas Mineras, y que se identifica con la siguiente alinderación:
Que la Gerencia de Catastro y Registro Minero, mediante Memorando 20142200203043 del 6 de octubre de 2014, informó que no se efectuó el recorte correspondiente al área superpuesta de la solicitud de Contrato de Concesión KJ2-08062X debido a que esta solicitud no se superpone con el bloque de Áreas Estratégicas Mineras número 236 sino con el Bloque número 256.
Que examinado el texto de la referida resolución, se encontró que el detalle de las superposiciones fue tomado del oficio enviado por la Dirección de Titulación Minera de la Secretaría de Minas de la Gobernación de Antioquia recibido en la Agencia Nacional de Minería el 9 de junio de 2014 (Radicado 201400280043 del 29 de mayo de 2014 de la Gobernación de Antioquia, Radicado 20145500227052 de la Agencia Nacional de Minería).
Que por lo anterior, mediante mensaje de correo electrónico del 6 de octubre de 2014, se solicitó a la Dirección de Titulación Minera de la Secretaría de Minas de la Gobernación de Antioquia aclaración sobre si las coordenadas antes transcritas de la Solicitud KJ2-08061 son las correctas y si la superposición se presenta respecto del Bloque AEM 256, en lugar del Bloque 236.
Que mediante mensaje de correo electrónico del 15 de octubre de 2014, la Dirección de Titulación Minera de la Secretaría de Minas de la Gobernación de Antioquia respondió que la alinderación indicada anteriormente es correcta pero se requiere corregir la Resolución 000024 del 16 septiembre 2014, en lugar de "Bloque número 236" debe decir "Bloque número 256".
Que según lo anterior, la Resolución 000024 del 16 septiembre 2014 contiene un error formal relativo al número del bloque de Áreas Estratégicas Mineras respecto del cual se presenta la superposición de la Solicitud KJ2-08061 cuyas coordenadas se indican correctamente en el acto administrativo.
Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 dispone:
Artículo 45.
Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.
Que mediante la Resolución 647 del 6 de octubre de 2014 de la Agencia Nacional de Minería, se encargó a Carolina Rojas Hayes de las funciones de Vicepresidente de Agencia Código E2 Grado 05 asignado a la Vicepresidencia de Promoción y Fomento.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Corregir el numeral 4 del artículo 1° de la Resolución número 24 del 16 de septiembre de 2014 de la Vicepresidencia de Promoción y Fomento en el sentido de aclarar que el área de la propuesta de Contrato de Concesión Minera KJ2-08062X cuya alinderación se indica en el citado numeral 4, se superpone con el Bloque número 256 de las Áreas Estratégicas Mineras, en lugar del Bloque número 236.
Artículo 2°.
Publíquese el presente acto administrativo en el Diario Oficial. Una vez publicado, remítase copia a la Gerencia de Catastro y Registro Minero de la Agencia Nacional de Minería, para lo de su competencia.
Artículo 3°.
Comuníquese el presente acto administrativo a las sociedades CG de Colombia, Árbol Solo S.O.M., Frontera S.O.M. y Encenillos S.O.M., a la Gobernación de Antioquia como autoridad minera delegada y al Servicio Geológico Colombiano.
La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Dada en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2014.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
La Vicepresidenta de Promoción y Fomento (E.), Carolina Rojas Hayes.
(C. F.).
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