RESOLUCION 95 de 2007
por la cual se redefine un área especial
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 95
- Año
- 2007
- Entidad
- AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Director General de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 10, numerales 10.6 y 10.8 del Decreto-ley 1760 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4° del Decreto-ley 1760 de 2003 asigna a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) la administración integral de las reservas de hidrocarburos de propiedad de la Nación;
Que de conformidad con el artículo 5° numeral 5.1 del Decreto-ley 1760 de 2003, corresponde a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) administrar las áreas hidrocarburíferas de la Nación y asignarlas para su Exploración y Explotación;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8°, numeral 8.6, del mismo decreto el Consejo Directivo de la ANH expidió el Acuerdo número 008 del 3 de mayo de 2004, "por el cual se adopta el reglamento para la contratación de áreas para el desarrollo de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos";
Que mediante Acuerdo 34 del 31 de agosto de 2006 el Consejo Directivo de la ANH definió unas áreas especiales en el Caribe Offshore;
Que por Acuerdo 03 del 22 de febrero de 2007 se delegó en el Director General de la Agencia Nacional de Hidrocarburos la determinación de los límites de las áreas especiales Crudos Pesados y Caribe Offshore definidas en los Acuerdos 023 de 2005, 38 de 2006 y 34 de 2006;
Que teniendo en cuenta los estudios técnicos y la información existente y con base en la delegación efectuada por el Consejo Directivo de la ANH, se hace necesario redefinir los polígonos del área especial que será objeto de la primera ronda de oferta pública de áreas exploratorias en el año 2007, denominada Ronda Caribe;
Que por lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1º.
Modificar el artículo 1º del Acuerdo 34 de 2006, el cual quedará así:
AREA CARIBE OFFSHORE EL SISTEMA DE COORDENADAS PARA TODOS LOS BLOQUES ABAJO MENCIONADOS ES:
DATUM: MAGNA SIRGAS (ORIGEN BOGOTA)"
PROYECCION: MERCATOR TRANSVERSA FALSO ESTE: 1'000.000 FALSO NORTE: 1'000.000 MERIDIANO CENTRAL: -74.077508 FACTOR DE ESCALA: 1 LATITUD DE ORIGEN: 4.59620042 ESFEROIDE: WGS84 AREA: 3817559,833 Ha POLIGONO A POLIGONO B POLIGONO C POLIGONO D
Artículo 2º.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 2007.
El Director General, José Armando Zamora Reyes.
(C. F.)
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