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RESOLUCION 15 000 0050 2026 de 2026

por medio de la cual se modifica la Resolución número 15-000-0202-2025 del 24 de diciembre de 2025, Por medio de la cual se aprueban los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, correspondientes en las zonas urbana y rural del municipio de Ciénega del departamento de Boyacá.

Tipo
RESOLUCION
Número
15 000 0050 2026
Año
2026
Entidad
Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Director Territorial de Boyacá del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, en uso de sus facultades legales, en especial las otorgadas por el artículo 3º de la Ley 14 de 1983, el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, el artículo 7° de la Resolución número 1149 del 19 de agosto de 2021 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” (IGAC), numeral 7 del artículo 30 del Decreto número 846 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece, entre otros aspectos, que “La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fortalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural”.

Que el título IV de la Resolución número 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito, modificado parcialmente por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.

Que el artículo 4.2.9. de la Resolución número 1040 de 2023, modificado por el artículo 7° de la Resolución número 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura.

Que el inciso 1° del artículo 4.8.1. de la Resolución número 1040 de 2023 establece: “En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administrativos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las Gacetas Territoriales, según el caso, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011”.

Que el “ARTÍCULO 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.” De la Ley 1437 del 2011.

Que, durante el año 2025 se realizó la actualización catastral con enfoque multipropósito de los predios correspondientes a la zona urbana y rural del municipio de Ciénega, departamento de Boyacá, cuyo inicio fue ordenado mediante Resolución número 15-000- 0019-2025 del día 13 del mes de marzo de 2025 de esta Dirección Territorial.

Que los estudios de zonas físicas y geoeconómicas, así como las tablas de valores unitarios por tipo de construcción de los predios actualizados catastralmente fueron aprobados por el Comité de la Territorial Boyacá el 24 de diciembre de 2025, y aprobados por medio de la Resolución número 15-000-0202-2025 del 24 de diciembre de 2025 de la Dirección Territorial Boyacá.

Que la Resolución número 15-000-0202-2025 del 24 de diciembre de 2025, expedida por la Dirección Territorial Boyacá, presenta inconsistencias en la transcripción de la Tabla 4, denominada “Valor del terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo rural”, ocasionadas por un error de digitalización en la Zona Homogénea Geoeconómica número 7, en la cual se registró el valor de $ 16.500.00, cuando el valor correcto, conforme al estudio técnico de la mencionada zona, corresponde a $ 16.500.000.

En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Modificar la Resolución número 15-000-0202-2025 del 24 de diciembre de 2025, por la cual se aprobaron las zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, y las tablas de valores unitarios por tipo de construcción de los predios actualizados catastralmente correspondientes a la zona urbana y rural del municipio de Ciénega, departamento de Boyacá, en parte del artículo 1°, en lo referentes a: Tabla 4. “Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo rural”. Por consiguiente, debe efectuarse las modificaciones o correcciones antes mencionadas; por lo cual este artículo queda así:

Artículo 2°.

Las demás estipulaciones de la Resolución número 15-000-0202-2025 del 24 de diciembre de 2025 quedan vigentes en los mismos términos establecidos.

Artículo 3°.

Remítase copia de este acto administrativo a la Dirección de Gestión Catastral del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” (IGAC), a la Dirección de Regulación y Habilitación del IGAC y a la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), a efecto de que ejerza las funciones la inspección, vigilancia y control al ejercicio de la gestión catastral y al municipio objeto de intervención mediante el proceso de actualización catastral.

Artículo 4°.

Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Tunja, a 13 de abril de 2026.

La Directora Territorial Boyacá, Fanny Elizabeth Díaz Álvarez.

(C. F.).

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