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RESOLUCION 302 de 2026

por la cual se expide la certificación de precio de venta al público sin impuestos de bebidas alcohólicas artesanales étnicas tipo Viche/Biche y se dictan otras disposiciones.

Tipo
RESOLUCION
Número
302
Año
2026
Entidad
Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el artículo 2.5.7.1.4.1 del Decreto número 1456 de 2024 y el artículo 6° del Decreto número 262 de 2004, modificado por el Decreto número 111 de 2022 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 208 de la Constitución Política establece que a los directores de los departamentos administrativos les corresponde la formulación de las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.

Que el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones, dispone que corresponde a los departamentos administrativos, entre otras funciones, dictar las normas necesarias para el desarrollo de la ley.

Que el artículo 1° de la Ley 2158 de 2021 tiene por objeto:

“(…) reconocer, impulsar, promover y proteger el Viche/Biche y sus derivados como bebidas ancestrales, artesanales, tradicionales y como patrimonio colectivo de las comunidades negras, afrocolombianas de la costa del Pacífico colombiano, e impulsar el aprovechamiento cultural y económico de su producción por parte de estas comunidades. Así como impulsar la implementación del Plan Especial de Salvaguardia del Paisaje Cultural Vichero/Bichero y los saberes y tradiciones asociadas al Viche/Biche como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación”.

Que el artículo 1° de la Resolución número 113 de 2024 del INVIMA establece el procedimiento para la obtención del Registro Sanitario Artesanal Étnico (AE) para bebidas alcohólicas tipo Viche/Biche, condición indispensable para su comercialización formal en el país, en los siguientes términos:

“La presente resolución tiene por objeto establecer las condiciones higiénico- sanitarias para la producción y comercialización de la bebida destilada denominada Viche/Biche, proveniente de la región del Pacífico colombiano, comprendida por los territorios étnicos de los departamentos de Chocó, Cauca, Nariño y Valle del Cauca, especialmente en aquellos municipios con vocación vichera identificados en el Plan Especial de Salvaguardia (PES) del Paisaje”.

Que, en atención al principio de coordinación interinstitucional, y de conformidad con las competencias otorgadas al DANE como entidad encargada de expedir la certificación anual del Precio de Venta al Público sin impuestos (PVP) del Viche/Biche, cuando este no se destine al consumo propio de las comunidades, se hace necesario establecer el precio de venta al público para estos productos, como insumo técnico que servirá de base para las autoridades tributarias.

Que el DANE atendiendo a la realidad social, económica, cultural y geográfica de las comunidades, elaboró el procedimiento para la certificación anual del precio de venta al público del Viche/Biche, el cual se fundamenta en: i) la existencia de un Registro Sanitario vigente en la categoría Artesanal Étnica (AE) expedido por el INVIMA; ii) la presentación de una declaración juramentada suscrita por el titular del referido Registro Sanitario, en la que se relacione la factura de venta y/o memoria de cálculo del precio de venta al público para un volumen de 750 cc; y iii) el cumplimiento de los requisitos normativos, sanitarios y técnicos establecidos por el INVIMA.

Que, en mérito de lo anterior

RESUELVE:

Artículo 1°.

Certificación. Expedir la certificación del Precio de Venta al Público (PVP), sin incluir impuestos, para las bebidas alcohólicas artesanales étnicas tipo Viche/Biche, en presentación de 750 cc, que cuenten con Registro Sanitario vigente en la categoría Artesanal Étnico (AE) expedido por el INVIMA. La certificación se realiza con base en la información suministrada por el titular del registro sanitario, la cual es revisada por el DANE conforme al procedimiento establecido, en los siguientes términos:

Nro.

Registro Sanitario INVIMA Código Único Nombre Bebida Alcohólica Precio de venta al público por unidad de 750 cc, sin incluir ICO e IVA 1 INVIMA 2026LAE-0014485 24131011001200075000 Viche Marca Micay By Yiccy 14.848 2 INVIMA 2026LAE-0014433 24131011001300000000 Viche Marca La Ramada 14.500 3 INVIMA 2026LAE-0014432 24131011001400075000 Viche Marca La Chola 16.000

Artículo 2°.

Ámbito de Aplicación. La presente certificación aplica exclusivamente a los productos tipo Viche/Biche registrados bajo la categoría Artesanal Étnica (AE) ante el Invima. Lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el Decreto número 1456 de 2024.

Parágrafo.
Esta certificación constituye un insumo técnico para las autoridades tributarias y no sustituye las funciones de vigilancia sanitaria o fiscalización tributaria de otras entidades del Estado.

Artículo 3°.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Parágrafo.
El precio certificado para cada producto tendrá una vigencia de doce (12) meses contados a partir de la referida publicación. Una vez transcurrido dicho periodo, el productor deberá solicitar una nueva certificación de precios conforme al procedimiento establecido.

Artículo 4°.

Difusión. La presente resolución deberá ser publicada en la página web de la DANE.

Publíquese y cúmplase Dada en Bogotá, D. C., a 13 de marzo de 2026.

La Directora, B. Piedad Urdinola Contreras.

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