RESOLUCION 2063 de 2026
por medio de la cual se fija el calendario electoral para la nueva elección de alcalde en el municipio de Concepción -Santander, que se realizará el 19 de abril de 2026.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 2063
- Año
- 2026
- Entidad
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Director de Gestión Electoral, en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 10 del artículo 36 del Decreto Ley 1010 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2 ° de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.
Que el inciso segundo del artículo 314 de la Constitución Política, establece que “Siempre que se presente falta absoluta a más de dieciocho (18) meses de la terminación del período, se elegirá alcalde para el tiempo que reste”.
Que el numeral 11 del artículo 5 ° del Decreto Ley 1010 de 2000, dispone que le corresponde a la Registraduría Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.
Que el numeral 10 del artículo 36 del Decreto Ley 1010 de 2000, asigna a la Dirección de Gestión Electoral la función de coordinar la elaboración y difusión de los calendarios electorales.
Que mediante el Decreto número 0100 del 23 de febrero de 2026, comunicado a la Registraduría Nacional del Estado Civil en la misma fecha, el gobernador de Santander convocó a nueva elección de alcalde en el municipio de Concepción para el 19 de abril de 2026.
En virtud de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Establecer el calendario electoral con las diferentes etapas preclusivas y actividades que se deben desarrollar para la nueva elección de alcalde en el municipio Concepción - Santander, que se realizará el 19 de abril de 2026; así:
Artículo 2°.
Comunicar la presente resolución al presidente del Consejo Superior de la Judicatura, al Presidente del Consejo Nacional Electoral, al Presidente del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Santander, al gobernador y delegados departamentales del Registrador Nacional del Estado Civil de Santander y al Registrador Municipal del Estado Civil de Concepción - Santander.
Artículo 3°.
La presente resolución rige a partir de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de febrero de 2026.
El Director de Gestión Electoral, Rafael Antonio Vargas González.
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