RESOLUCION 153 de 2026
por la cual se ordena la apertura del Programa de Estímulos del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) 2026.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 153
- Año
- 2026
- Entidad
- Instituto Colombiano de Antropología e Historia
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Directora General del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia; la Ley 397 de 1997, modificada y adicionada por la Ley 1185 de 2008; el Decreto número 1080 de 2015, modificado por el Decreto número 138 de 2019; el Decreto número 0993 de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 70 de la Constitución Política dispone que el Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, promoviendo la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación. Asimismo, el artículo 71 constitucional establece la obligación estatal de crear incentivos y estímulos para personas e instituciones que desarrollen actividades científicas, tecnológicas y culturales.
Que, en cumplimiento de estos preceptos, la Ley 397 de 1997 (Ley General de Cultura), modificada por la Ley 1185 de 2008, faculta al Estado para establecer programas de becas, premios, concursos y apoyos especiales destinados a promover la creación artística, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales.
Que mediante el Decreto número 0993 de 2025 se modificó la estructura del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH). Esta actualización de funciones, dependencias y competencias tiene como objetivo fortalecer las capacidades científicas e institucionales para la investigación, conservación, protección y apropiación social del patrimonio cultural, arqueológico e histórico de la Nación.
Que, en el referido decreto, se dispone que el ICANH es un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes con personería jurídica, patrimonio independiente, autonomía administrativa y financiera y carácter científico. Su objeto es “(…) aportar al desarrollo de lineamientos de política pública a través de la investigación, generación y divulgación del conocimiento técnico y científico en los campos de la antropología, la arqueología y la historia consolidándose como la máxima autoridad en materia de patrimonio arqueológico de la Nación”.
Que, en cumplimiento de dicho mandato, el Instituto implementa el Programa de Estímulos 2026 como una estrategia incluyente de participación ciudadana regida por procesos de evaluación y selección transparentes, destinada a apoyar proyectos de investigación, creación, divulgación y apropiación social en las áreas mencionadas.
Que, de conformidad con el artículo 4°, numeral 7 del Decreto número 0993 de 2025, el ICANH tiene la función de “fomentar, asesorar y apoyar las investigaciones en las áreas afines al Instituto que efectúen instituciones de carácter público o privado e investigadores nacionales o extranjeros”, lo cual fundamenta la presente convocatoria del Programa de Estímulos como mecanismo institucional para otorgar apoyos a proyectos de investigación y divulgación en antropología, arqueología, historia y patrimonio cultural.
Que, en consecuencia, se ordena la apertura del Programa de Estímulos del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) para la vigencia 2026, el cual se erige como una estrategia incluyente de participación ciudadana, regida por reglas claras de participación, evaluación, selección y seguimiento para apoyar el desarrollo de proyectos de investigación y divulgación en antropología, arqueología, historia y patrimonio, en el marco de las líneas temáticas definidas para la presente vigencia.
Que, en cumplimiento de la misionalidad del Instituto y las facultades legales otorgadas para el desarrollo, promoción, investigación y divulgación del conocimiento científico, el Programa de Estímulos tiene como propósito incrementar las oportunidades en las áreas misionales y fomentar la discusión académica interdisciplinaria. En este sentido, el Instituto Colombiano de Antropología e Historia oferta para el año 2026 un portafolio de estímulos enfocado en acompañar procesos de investigación, divulgación científica y apropiación, en diferentes líneas de investigación alrededor de los sistemas de vida regionales del país, así como en acciones que orienten nuevas formas de comunicar y poner en valor el conocimiento y la diversidad étnica y cultural de la Nación.
Que el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) apertura oficialmente una convocatoria compuesta por treinta y dos (32) estímulos y dos (2) reconocimientos. Esta iniciativa está diseñada para impulsar y acompañar proyectos de investigación y apropiación social del conocimiento que aborden las territorialidades, tensiones y transformaciones en el contexto colombiano.
Que, para asegurar una participación adecuada, se han establecido los requisitos generales y las bases específicas de participación en las convocatorias. Para ello, se invita a las personas interesadas consultar el “Documento de condiciones generales, y términos de participación” que forma parte integral de la presente resolución.
Que los recursos destinados a la ejecución de la presente convocatoria ascienden a la suma de mil millones de pesos ($1.000.000. 000.oo) moneda corriente y se respaldan en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 3626 de 2026 del Presupuesto del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH).
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Ordenar la Apertura del Programa de Estímulos del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) 2026.
Artículo 2°.
Informar que los requisitos generales y las bases específicas de participación de las convocatorias se encuentran establecidas en el “Documento de condiciones generales y términos de participación” del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) el cual hace parte integral de la presente resolución.
Artículo 3°.
Establecer el Premio de “Reconocimiento a la excelencia investigativa en Antropología Social y en Historia”, en el marco del Programa de Estímulos del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) 2026, con el propósito de destacar dos (2) investigaciones concluidas de alta calidad académica y reconocer su aporte al conocimiento en el campo de las ciencias sociales y humanas. Este reconocimiento no constituye la entrega de un estímulo económico. El premio asociado consistirá en la publicación de las dos investigaciones seleccionadas con el sello editorial del Instituto, de conformidad con la política editorial, los procesos de evaluación académica y los lineamientos editoriales vigentes de la entidad.
Artículo 4°.
Informar que las convocatorias de que trata la presente resolución se publicarán en el micrositio del Programa de Estímulos del Instituto Colombiano de Antropología e Historia www.estimulos.icanh.gov.co, sus redes sociales y mediante la fijación de avisos en cartelera, en cumplimiento de los artículos 3° y 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5°.
Establecer como soporte para el reconocimiento de los estímulos económicos a entregar en el marco del Programa de Estímulos del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) 2026, el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 3626 de 2026 del Presupuesto de la Entidad, por la suma de mil millones de pesos ($1.000.000. 000.oo) moneda corriente.
Artículo 6°.
Comunicar que el presente acto administrativo es susceptible de modificación en cuanto a los términos específicos de cada convocatoria y al cronograma de actividades del Programa de Estímulos del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) 2026. La Dirección General del ICANH podrá efectuar dichas modificaciones mediante aviso modificatorio, el cual deberá publicarse en la página web de la Entidad y en el micrositio del Programa de Estímulos ICANH, con una antelación mínima de un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado para la etapa que se encuentra en curso y definida en cada una de las convocatorias
Artículo 7°.
Informar que el presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 22 de enero del 2026.
La Directora General, Alhena Caicedo Fernández.
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