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RESOLUCION 341 de 2026

por la cual se actualiza el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores

Tipo
RESOLUCION
Número
341
Año
2026
Entidad
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Ministra de Relaciones Exteriores, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular, las previstas en el artículo 208 de la Constitución Política, el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto número 1083 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo previsto en el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, corresponde a los Ministros expedir los actos administrativos, órdenes y circulares necesarios para la ejecución de las funciones asignadas al Ministerio, dentro de las cuales se encuentra la adopción y actualización de los temas relativos a la administración del personal.

Que, de acuerdo con el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia todo empleo público debe tener funciones detalladas en ley o reglamento, así como estar incluido en la respectiva planta de personal. De igual manera, por regla general los empleos en el sector público son de carrera a la cual se ingresa y asciende mediante concurso, previo cumplimiento de los requisitos, condiciones, méritos y calidades que fije la ley en cada caso. Que el director del organismo debe distribuir los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de organización y sus planes y programas, de acuerdo con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998.

Que, mediante Decreto número 1083 de 2015, el Gobierno nacional establece las funciones y los requisitos generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de los organismos y entidades del orden nacional y se dictan otras disposiciones.

Que el inciso segundo del artículo 2.2.2.6.1 del mencionado decreto establece que la adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad.

Que el mismo decreto, en su artículo 2.2.2.6.2, establece el contenido mínimo del manual específico de funciones y de competencias laborales.

Que mediante la Resolución número 10142 de 2025, el Ministerio de Relaciones Exteriores actualizó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal.

Que, mediante el Decreto número 1081 de 2025 se modificó la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la que se incluyó al Despacho del Viceministro de Asuntos Migratorios, Consulares y Protección Internacional.

Que, a través del Decreto número 1082 de 2025, se modificó la planta del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que las modificaciones introducidas a la estructura organizacional del Ministerio mediante el Decreto número 1081 de 2025, así como los ajustes efectuados a la planta de personal a través del Decreto número 1082 de 2025, implican la actualización y armonización de las funciones, responsabilidades y perfiles de los empleos que conforman la planta de personal. Que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Decreto número 1083 de 2015, se hace necesario compilar y actualizar el Manual de Funciones y de Competencias Laborales para los diferentes empleos de la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el fin de ajustarlo a lo establecido en la nueva normativa.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Actualizar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, adoptada mediante Decreto número 3358 de 2009 y demás normas modificatorias, de conformidad con lo establecido en el Decreto número 1083 de 2015, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los servidores públicos con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la Constitución y la ley le señalan al Ministerio de Relaciones Exteriores, así: cuadros art 1 (1).pdf

Artículo 2°.

Equivalencias. Para las Equivalencias entre estudios y experiencias del presente Manual específico de funciones y competencias laborales aplican las equivalencias previstas en el artículo 12 del Decreto Ley 274 del 2000 y el articulo 2.2.2.5.1 del Decreto 1083 de 2015:

Parágrafo 1°.
Cuando se trate de aplicar equivalencias para la formación de posgrado se tendrá en cuenta que la maestría es equivalente a la especialización más un (1) año de experiencia profesional o viceversa.

Parágrafo 2°.
Cuando se trate de aplicar equivalencias para la formación de posgrado se tendrá en cuenta que el doctorado o posdoctorado es equivalente a la maestría más tres (3) años de experiencia profesional y viceversa; o a la especialización más cuatro (4) años de experiencia profesional y viceversa.

Parágrafo 3°.
Cuando se trate de aplicar equivalencias entre las categorías en el escalafón de la carrera diplomática y los cargos en la planta interna, se tendrán en cuenta las establecidas en el artículo 12 del Decreto Ley 274 de 2000.

Artículo 3°.

Compensación de títulos. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.

Artículo 4°.

Sobre las funciones y competencias. El Director de Talento Humano entregará a cada empleado copia de las funciones y competencias determinadas en el presente manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de las mismas.

Artículo 5°.

Adopción. El Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante acto administrativo, adoptará las modificaciones o adiciones necesarias para mantener actualizado el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales.

Artículo 6°.

Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución número 10142 de 2025, y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase Dado en Bogotá, D. C., a 7 de enero de 2026.

La Ministra de Relaciones Exteriores, Rosa Yolanda Villavicencio Mapy.

(C. F.).

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